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MEDIDAS DE FOMENTO E INCENTIVOS - Coggle Diagram
MEDIDAS DE FOMENTO E INCENTIVOS
Ley orgánica de regulación y control del poder de mercado
Art. 4 Según la Constitución de la República
🟡Medidas de fomento
Desconcentración económica, establecer un marco normativo, desarrollo de mecanismos para la autosuficiencia de alimentos y recursos.
🟡Incentivos
Derecho a desarrollar actividades económicas de manera autónoma e independiente, impulso y fortalecimiento del comercio justo, reducir la intermediación
Art. 10 Se prohíbe el abuso por parte de uno o varios operadores económicos
🟡Medidas de fomento
Las personas tienen todos los derechos posibles para que no se viole su integridad dentro del ejercicio de la función económica.
🟡Incentivos
Existirán multas y pagos para aquellas personas que hayan sido victimas de este tipo de circunstancias.
Art. 28 Se establecerán restricciones mediante resolución
🟡Medidas de fomento
Desarrollo de un monopolio estatal, sectores estratégicos según la Constitución de la República, desarrollo tecnológico e industrial.
🟡Incentivos
Mayor participación de los ciudadanos en estos planes de desarrollo, creación de plazas de trabajo por parte del estado.
Art. 29 Ayudas públicas
🟡Medidas de fomento
Se otorgará ayudas por parte del estado, impulsar la producción.
🟡Incentivos
Beneficios al usar recursos estatales, producción comunitaria.
Art. 32 Autorización excepcional reservada al Ejecutivo
🟡Medidas de fomento
Definición de políticas de precios, establecer mecanismos para la determinación de precios referenciales.
🟡Incentivos
Beneficio del consumo popular.
Código orgánico de la producción, comercio e inversiones
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Art. 22 - Lit E
Financiar proyectos productivos de las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas,afroecuatorianas y montubias que impulsen la producción agrícola, pecuaria, artesanal, pesquera,minera, industrial, turística y otras del sector.
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Art. 4 - Lit A
Democratizar el acceso a los factores de producción, con especial énfasis en las micro, pequeñas y medianas empresas, así como de los actores de la economía popular y solidaria
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Art. 22 - Lit A
Elaborar programas y proyectos para el desarrollo avance de la producción nacional, regional, provincial y local, en el marco del Estado Intercultural y Plurinacional, garantizando los derechos delas personas, colectividades y la naturaleza
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Art. 4 - Lit B
Promover las actividades de la economía popular, solidaria y comunitaria, así como la inserción y promoción de su oferta productiva estratégicamente en el mundo, de conformidad con La Constitución y la ley
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Art. 5 - Lit A
Promover la competitividad sistémica de la economía a través de la provisión de bienes públicos como la educación, salud, infraestructura y asegurando la
Provisión de los servicios básicos necesarios, para potenciar las vocaciones productivas de los territorios y el talento humano de las ecuatorianas y ecuatorianos.
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Art. 5 - Lit D
La generación de un ecosistema de innovación, emprendimiento y asociatividad mediante la articulación y coordinación de las iniciativas públicas, privadas y populares y solidarias de innovación y transferencia tecnológica productivas, y la vinculación de investigación a la actividad productiva
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Art. 5 - Lit E
La implementación de una política comercial al servicio del desarrollo de todos los actores productivos del país, en particular, de los actores de la economía popular y solidaria.
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Art. 22 - Lit B
Apoyar y consolidar el modelo socio productivo comunitario para lo cual elaborará programas y proyectos con financiamiento público para: recuperación, apoyo y transferencia tecnológica, investigación, capacitación y mecanismos comercialización y de compras públicas, entre otros.
Ley orgánica del sistema nacional de contratación pública
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Art. 52
En las contrataciones de bienes y servicios que se adquieren por procedimientos de cotización y menor cuantía, se privilegiará la contratación con micro y pequeñas empresas, artesanos o profesionales, y sectores de la economía popular y solidaria
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Art. 59.1
La Feria Inclusiva se utilizará preferentemente por toda entidad contratante, con el objeto de adquirir obras, bienes y servicios de producción nacional, catalogados o normalizados, no catalogados o no normalizados.
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Art. 25.2
Se preferirá al oferente de bienes, obras o servicios que incorpore mayor componente de origen ecuatoriano, mediante la aplicación de mecanismos como: márgenes de preferencia proporcionales sobre las ofertas de otros proveedores, reserva de mercado, entrega de anticipos, subcontratación preferente, entre otros.
Ley de régimen tributario interno
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Art. 82.
ARIFA AD VALOREM:
Están gravados con el impuesto a los consumos especiales las bebidas alcohólicas producidas con alcoholes provenientes de la destilación de la caña de azúcar, obteniendo una rebaja de hasta el 50% conforme a lo establecido en el Reglamento de la Ley.
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Art. 9.
EXENCIONES
Están exonerados exclusivamente: Los ingresos percibidos por las organizaciones previstas en la Ley de EPS siempre y cuando las utilidades obtenidas sean reinvertidas en la propia organización.
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Art. 9.5
Exoneración de Impuesto a la Renta en la fusión de entidades del sector financiero popular y solidario.
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Art. 9.6
Exoneración del pago del impuesto a la renta para nuevas microempresas
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Art.10.
DEDUCCIONES
Se deducirán los gastos e inversiones que se efectúen con el propósito de obtener, mantener y mejorar los ingresos de fuente ecuatoriana que no estén exentos
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Art.19.
Con excepción de las cooperativas de ahorro y crédito y asociaciones, mutualistas de ahorro y crédito parala vivienda, podrán llevar registros contables de conformidad con normas simplificadas que se establezcan en el Reglamento.