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PROCESO DE TRANSFORMACIÓN, La compañía anónima solo podrá transformarse en…
PROCESO DE TRANSFORMACIÓN
Es cuando una sociedad mercantil cambia a otro tipo de sociedad siempre que sea por decisión en Asamblea o junta de socios.
Además, conserva su personalidad jurídica inicial, según el Art. 262 del Código de comercio.
Debe cambiar por otras que son reconocidas por la legislación.
Haya uno o más accionistas votando a favor de al menos dos tercios del capital. .
Antes de la disolución cualquier compañía podrá optar por transformarse en una sociedad.
La conversión entrará en vigor a partir de la fecha de inscripción en el Registro Mercantil.
Si los cambios se realizan de acuerdo con las disposiciones de esta ley, el estado legal de la empresa no cambiará y sobrevivirá bajo la nueva forma.
Cuando se desea modificar
Número de socios
Capital
Objeto social
Esto se debe hacer mediante notario público
REQUISITOS OBLIGATORIOS
Escritura
Lista de accionistas y estatuto social
Solicitud
Balance de transformación
Aprobado por la junta general
La compañía anónima solo podrá transformarse en:
Comandita
Compañía mixta
Colectiva
Responsabilidad limitada
O viceversa.
Efectos de la transformación
El acuerdo de transformación no podrá alterar las participaciones de los socios en el capital.
A menos que el propietario esté de acuerdo expresamente, no se reducirá el derecho a los diferentes títulos de las acciones.
Los accionistas indefinidamente son responsables de las deudas de la empresa resultantes de la transformación también, serán responsables de su deuda antes de la transformación.
La transformación de una compañía colectiva y comandita no libera conjuntamente a un accionista de todos los activos a las deudas adquiridas en el pasado durante la transformación de la compañía a menos que el acreedor consienta expresamente durante el proceso.
Las acciones o participaciones que hagan uso del derecho a separarción se reembolsan al valor que acuerden.
El perito debe emitir su informe en el plazo máximo de dos meses.