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NIC 8 POLÍTICAS CONTABLES, CAMBIOS EN LAS ENTIMACIONES CONTABLES Y ERRORES…
NIC 8 POLÍTICAS CONTABLES, CAMBIOS EN LAS ENTIMACIONES CONTABLES Y ERRORES
OBJETIVO
Prescribir los criterios para seleccionar y modificar las políticas contables, así como el tratamiento contable y la información a revelar acerca de los cambio en las políticas contables, de los cambios en las estimaciones contables y de la corrección de errores.
ALCANCE
Se aplicará en la selección y aplicación de políticas contables, así como en la contabilización de los cambios en éstas.
El efecto impositivo de la corrección de los errores de periodos anteriores, aso como de los ajustes retroactivos efectuados al realizar cambios en las políticas contables.
DEFINICIONES
Políticas contables
Son los principios, bases, acuerdos, reglas y procedimientos específicos adoptados por la entidad en la elaboración y presentación de sus estados financieros.
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Aplicación retroactiva
Consiste en aplicar una nueva política contable a transacciones, otros sucesos y condiciones, como si ésta se hubiera aplicado siempre.
Reexpresión retroactiva
Consiste en corregir el reconocimiento, medición e información a revelar de los importes de los elementos de los estados financieros
POLÍTICAS CONTABLES
Cuando una NIIF sea específicamente aplicable a una transacción, otro evento o condición, la política o políticas contables aplicadas a esa partida se determinarán aplicando la NIIF concreta.
Se establecen políticas contables sobre las que el IASB ha llegado a la conclusión de que dan lugar a estados financieros que contienen información relevante y fiable sobre las transacciones.
Las NIIF se acompañan de guías que ayudan a las entidades a aplicar sus requerimientos. Todas estas guías señalan si son parte integrante de las NIIF.
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INFORMACIÓN A REVELAR
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En su caso, que el cambio en la política contable se ha efectuado de acuerdo con su disposición transitoria
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En su caso, la disposición transitoria que podría tener efectos sobre periodos futuros
Para el periodo corriente y para cada periodo anterior presentados, en la medida en que sea practicable
El importe del ajuste relativo a periodos anteriores presentados, en la medida en que sea practicable
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