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DERECHO INTERNACIONAL ECONOMICO, Inversión. - Coggle Diagram
DERECHO INTERNACIONAL ECONOMICO
QUE ES
Aquella "rama del D. Internacional que regula los intercambios de bienes, inversiones y servicios entre agentes públicos o privados originarios de diversos países o regiones"
FUENTES DEL DERECHO INTERNACIONAL
Las fuentes del derecho internacional según el art. 38 de la Corte Internacional de Justicia son las siguientes:
Convenciones:
costumbre internacional
Los tratados internacionales
Principios generales del derecho internacional
Jurisprudencia y doctrinas:
Doctrina jurisprudencial.
La legislación internacional
El acto unilateral
Equidad como fuente subsidiaria
Bien.
Bien.
cualquier objeto que el hombre estima capaz de satisfacer sus necesidades.
caracteristicas mas importante "Que el bien este destinado al intercambio"
Agentes:
Públicos: Esta formada por la Administración Federal, Local y Municipal.
Privados: Esta formado por Empresas Privadas o Familia.
Empresas: Son consideradas Unidades de Producción. Intercambio de:Tierra, Capital, Trabajo
Inversión.
Es aquella parte de la producción que NO se destina al consumo inmediato SINO a la producción de nuevos bienes de consumo o de capital.
Producción/dinero: Inversión
Capital Constante o Medios de P.
Capital Variable o Fuerza de T.
Servicios.
Servicios.
Son aquellas ACTIVIDADES inmateriales que satisfacen una necesidad humana.
Agentes Económicos
Son aquellos que con su dinero o su trabajo contribuyen a la economía del país.
empresas, familia, Estado el cual es el arbitro supremo son el legislador,inversionista, empresario
Empresas.
AGENTES
Públicos: Esta formada por la Administración Federal, Local y Municipal.
Privados: Esta formado por Empresas Privadas o Familia.
Empresas: Son consideradas Unidades de Producción. Intercambio de:
Tierra.
Capital.
Trabajo.
EXISTEN DOS PERSPECTIVAS
PRINCIPALES NORMAS JURIDIO ECONOMICAS INTERNACIONALES
BANCO MUNDIAL Y FONDO MONETARIO INTERNACIONAL.ORGANIZACION MUNDIAL DEL COMERCIO.ORGANIZACION PARA LA COOPERACION Y DESARROLLO ECONOMICO.
se caracterizan por estar sustentadas en premisas de cooperación Institucionalizada que las distinguen de las normas y preceptos manados de los procesos de integración regional al estilo de Unión Europea, TLCAN o MERCOSUR que se fincan como premisas de supranacionalidad y supra estatalidad.
PRINCIPIOS BASICOS DEL DERCHO INTERNACIONAL
Estos principios están enunciados en la carta de la ONU. Estos principios, son:El principio donde los Estados, en sus relaciones internacionales, se abstendrán de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado, o en cualquier otra forma.El principio que los Estados arreglaran sus diferencias por medios pacíficos.La obligación de no intervenir en los asuntos que son de la jurisdicción interna de los Estados.El principio de la cooperación entre sí.El principio de igualdad de derechos y de la libre determinación de los pueblos.El principio de igualdad soberana de los Estados.El principio de buena fe en el cumplimiento de las obligaciones contraídas en la carta.
HUMBERTO JAIME BARRAGAN NARANJO
Inversión.