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Reglamento de Propiedad Horizontal - Coggle Diagram
Reglamento de Propiedad Horizontal
Es una escritura pública confeccionada por un escribano que debe registrar en el registro público
.
Reglamento Interno: No modifica al reglamento de propiedad horizontal solo contiene normas de convivencia, no tiene statu jurídico.
La modificación del mismo debe ser por unanimidad de los propietarios o por orden juridico.
Debe contener la descripción del edificio
Bienes comunes son los que se comparten con todos los propietarios.
Bienes individuales o privados son aquellos independientes de propiedad y uso exclusivo.
Determinación del terreno.
Determinación de las unidades funcionales y complementarias.
Enumeración de los bienes propios.
Enumeración de las cosas y partes comunes.
Composición de patrimonio del consorcio.
Determinación de la parte proporcional indivisa de cada unidad.
Determinación de la proporción en el pago de las expensas comunes.
Uso y goce de las cosas y partes comunes.
Uso y goce de los bienes del consorcio.
Facultades especiales de las asambleas de propietarios.
Destino de las unidades funcionales.
Destino de las partes comunes.
Determinación de la forma de convocar la reunión de propietarios, su periodicidad y su forma de notificación.
Determinación de la forma de convocar la reunión de propietarios, su periodicidad y su forma de notificación.
Plazo de ejercicio de la función de administrador.
Determinación de eventuales prohibiciones para la disposición o locación de unidades complementarias hacia terceros no propietarios.
Determinación de las mayorías necesarias para modificar el reglamento de propiedad horizontal.
Especificación de limitaciones a la cantidad de cartas poderes que puede detentar cada titular de unidad funcional para representar a otros en asambleas.
Determinación de las mayorías necesarias para las distintas decisiones.
Forma de computar las mayorías.
Designación, facultades y obligaciones especiales del administrador.
Fijación del ejercicio financiero del consorcio.
Facultades especiales del consejo de propietarios.