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Extincion del contrato de trabajo - Coggle Diagram
Extincion del contrato de trabajo
Se define a la extinción del contrato de trabajo como la perdida de vigencia de las normas constitutivas de la relación de trabajo
Esta perdida de vigencia puede resultar:
De un negocio bilateral derogatorio o muto acuerdo extintivo que la LCT llama extinción del contrato de trabajo por voluntad concurrente de las partes
De un negocio unilateral llamado denuncia, que puede provenir:
Del empleador, en cuyo caso el acto se denomina despido
Puede ser con causa, sin causa o arbitario
Del empleado, llamado renuncia
Puede ser con causa, despido indirecto, sin causa o renuncia propiamente dicha
De un hecho ajeno a la voluntad de las partes. Este supuesto tiene varias alternativas
Por fuerza mayor y falta de disminución de trabajo, por muerte del trabajador, por muerte del empleador o jubilación del trabajador
Quiebra o concurso del empleador
Preaviso
El contrato de trabajo no puede ser disuelto por voluntad de una sola de las partes sin aviso previo. la razón de ser este aviso previo a la ruptura laboral se encuentra en el deseo de la ley de prevenir y evitar a las partes sea el empleador o el dependiente posibles perjuicios. La finalidad del preaviso consiste en la posibilidad que aquel no se encuentre en el desamparo improvisamente y pueda ir buscando otro medio de subsistencia
Despido con causa
El despido con causa tiene lugar cuando el empleado o dependiente ha incumplido las obligaciones que tiene a su cargo, lo cual configura una injuria grave que imposibilita la prosecución del vinculo y exime del pago de la indemnización
Despido sin causa
Al despido sin causa se lo denomina arbitrario porque es impuesto por el empleador sin mediar motivo alguno que lo justifique. En este supuesto, el empleador deberá abonar al dependiente una indemnización equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de tres meses de trabajo tomando como base la mejor remuneración mensual o habitual percibida durante el último año o durante el tiempo de la prestación del servicio si fuere menor
Renuncia
La renuncia es el acto unilateral de extinción del contrato de trabajo por parte del empleado. Esta renuncia por ser motivada por una causa relativa al trabajo, en cuyo caso se la denomina despido indirecto o bien por una decisión voluntaria del empleado sin causa alguna, en cuyo caso de la denomina renuncia propiamente dicha.