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CLASIFICACIÓN DE CONTRATOS DE TRABAJO, NOMBRE: QUINAPANTA ANAHI, DERECHO…
CLASIFICACIÓN DE CONTRATOS DE TRABAJO
POR LA FORMA DE CELEBRACIÓN
EXPRESO
Escrito o verbal
TÁCITO
Falta de estipulación expresa.
POR LA FORMA DE REMUNERACIÓN
A SUELDO
La remuneración se pacta por quincena o por mensualidades.
Labores estables o continuas.
A JORNAL
La remuneración se pacta por día.
En caso de que las labores no fueran permanentes o se tratará de tareas periódicas o estacionales.
EN PARTICIPACIÓN
La remuneración se pacta por porcentaje o fracción de las utilidades que percibe el empleador.
No podrá ser menor a un salario básico unificado.
MIXTO
La remuneración es mixta cuando, además del salario fijo, el trabajador contribuye en el
producto del negocio del empleador.
Retribución por su trabajo.
POR LA FORMA DE EJECUCIÓN
A DESTAJO
En este contrato se unen, la obra a tarea con el tiempo.
Este contrato exige o sobre exige al trabajador.
POR OBRA CIERTA
Cuando se manda a realizar una obra completa.
Ejm: El artista finaliza la escultura exacta.
POR TAREA
Se hace por una parte de la obra general.
Ejm: Elaboración de la escultura.
POR LA DURACIÓN
TIEMPO INDEFINIDO
Sabemos cuando inicia la obligación pero no cuando termina.
Si el trabajador labora más de 20 años para un mismo empleador tiene derecho a la jubilación patronal.
(NOMBRAMIENTO)
DE TEMPORADA
Trabajos cíclicos o periódicos
En razón de la naturaleza discontinuas de las labores a realizar.
EVENTUAL
Satisface exigencias circunstanciales del empleador.
Reemplazo de personal: :pencil2: enfermedad, maternidad, vacaciones, licencia entre otras.
OCACIONAL
Atiende necesidades emergentes o extraordinarias
Incremento del 35% por hora del salario básico.
A PRUEBA
Tiempo de duración máximo: 90 días
Se puede dar por terminado en cualquier momento y no se paga indemnización.
POR LA RELACIÓN LABORAL
POR ENGANCHE
Trabajo dentro del país o en el exterior.
Se realizan estrictamente por escrito.
OTROS
INDIVIDUAL
Acuerdo para prestación de servicios. (Empleador-Empleado)
• BILATERAL
• DIRIGIDO
• CONMUTATIVO
• SUCESIVO
• VÁLIDO EN SI MISMO
• NORMATIVO
DE GRUPO
Los empleados deben obedecer al jefe que designe el empleador.
POR EQUIPO
No hay distinción de derechos ni obligaciones.
El empleador no podrá despedir a uno o más trabajadores del equipo.
NOMBRE: QUINAPANTA ANAHI
NRC: 4682
DERECHO EMPRESARIAL