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Sección 22 NIIF para las PYMES - Coggle Diagram
Sección 22
NIIF para las PYMES
establece
principio para clasificar los intrumentos financieros como pasivo o como patrimonio
trata
la contabilización de los instrumentos de patrimonio
se clasifica en
Pasivo Financiero
Patrimonio
Participación residual en los activos de una entidad, una vez deducidos todos los pasivos
Emisión de acciones u otros instrumentos de patrimonio
reconocerá :
Si los instrumentos de patrimonio se emiten antes de que la entidad reciba el efectivo u otros recursos
La entidad presentará el importe por cobrar como una compensación al patrimonio en su estado de situación financiera, no como un activo.
Si la entidad recibe el efectivo u otros recursos, antes de que se emitan los instrumentos de patrionio, y no se puede exigir el reembolso del efectivo
La entidad reconocera el correspondiente incremento en el patrimonio en la medida de la contraprestación recibida
En la medida en que los instrumentos de patrimonio hayan sido suscritos pero no emitidos y la entidad no haya todavía recibodo el efectivo
La entidad no reconcerá un incremento en el patrimonio
Medición de los instrumentos de patrimonio
Valor razonable del efectivo y otros recursos recibidos.
Esto debe ser neto de costos directos de emisión de los intrumentos de patrimonio.
Si se aplaza el pago y el valor en el tiempo del dienro es significativo, la medición inicial se hará sobre la base del valor presente.