Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
Manual constitucional tercer avance. - Coggle Diagram
Manual constitucional tercer avance.
Resolver los conflictos de competencia o de atribucioces constitucionales.
El artículo 146 de LOGJYCC informa sobre cómo se deben resolver los conflictos positivos.
Identidad del demandante y de la demandada. 2.competencias respecto de las
cuales hay conflicto.
Fundamentos constitucionales.
Casillero constitucional donde deberá
ser notificado y una vez que se haya recibido la demanda, se deben seguir las normas generales
del proceso para el control abstracto de constitucionalidad
Los conflictos negativos de competencia, cabe decir que son territoriales y no es posible
abstenerse del tratamiento de las disputas competenciales que se han suscitado cuando los
órganos constitucionales se inhiben mutuamente de asumir una atribución ajena a su esfera.
Existe conflicto de competencia cuando una entidad pública plantea una controversia sobre el jurídico de las atribuciones constitucionales y legales. la otra, cuando declina, el ejercicio de aquellas o cuando una de ellas ha invadido el marco círculo de atribuciones que le pertenecen reclamando para si las facultades que está ejerciendo
Emitir un dictamen de admisibilidad para el inicio del juicio político en contra de la
Presidenta o Presidente por cohecho.
Procederá el enjuiciamiento político de la presidenta en los casos previstos en el articulo 129, estará
debidamente fundamentada y contendrá la formulación y la vez también nos señala que se formalizara con las firmas de almeno una tercera parte.
Si la solicitud ha sido propuesta de conformidad con la Constitución.
Si en la solicitud se singulariza la infracción que se le imputa y si por la tipificación
jurídica que se hace en la solicitud, ella cabe en el tipo de infracciones previstas en el artículo
129 de la Constitución.
Si, en consecuencia, procede o no iniciar el juicio político.
En conclusión, estos requisitos resultan ser aspectos meramente formales y respetuosos
con la competencia central y protagónica que tiene la Asamblea Nacional e
Comprobar el abandono del cargo de la Presidenta o Presidente de la República, previa
declaración de la Asamblea Nacional
No se requiere de un procedimiento previo en que la persona afectada deba hacer efectivo su
derecho de defensa, como son en los casos de terminación de periodo muerte, renuncia o
incapacidad física o mental. El caso de abandono del cargo es distinto, pues es un hecho
imputable al jefe de Estado
Cuando se haya cumplido todo lo dicho, el siguiente paso será el dictamen para comprobar el
abandono del cargo o Presidente de la República manifestado en el art 150 de
la LOGJCC.
Emitir dictamen previo sobre la destitución de la Presidenta o Presidente de la
República por arrogación de funciones
Se se entiende por arrogación de funciones,
esta es que un funcionario se atribuye funciones extras las que están asignadas y se pueden ver dentro de lo escrito en la ley podemos encontrar en el artículo 12 de la Ley Orgánica De La Función Legislativa ,141 de la Constitución.
El procedimiento empieza previamente a la destitución de la presidenta a debe remitir un expediente con todo lo actuado a la Corte Constitucional. Este
expediente debe ser autentico y completo eso lo certificara la Asamblea Nacional, después de
recibir el expediente la Corte Constitucional con la presencia de todos los jueces
Requisitos:1.- Presentarlo durante las veinticuatro
horas.
2.-Si del expediente aparece que se han respetado las normas del debido proceso en su
sustanciación
3.- Si los actos que se le imputan a la presidenta o presidente, vicepresidenta o
vicepresidente de la República
Al final la causa se resolverá con el voto de las dos terceras partes de la Corte constitucional.
. Dictaminar sobre la arrogación de funciones por parte de la Asamblea Nacional, previa
su disolución por la Presidenta o Presidente de la República
Uno de los principios fundamentales de una república es la división de funciones. Partiendo de
que el poder es uno solo
El Ejecutivo revisa las acciones del Legislativo ejerciendo su atribución colegisladora
Con la potestad del Legislativo de fiscalizar los actos del Ejecutivo, así como autorizar su enjuiciamiento penal.
La figura establece la posibilidad de que el Presidente de la República disuelva la Asamblea Nacional, pero también este queda automáticamente destituido
La Asamblea, al remover al Presidente de la República, se auto disuelve