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LEY DE COMPAÑIAS, UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR
FACULTAD DE…
LEY DE COMPAÑIAS
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. Art. 15.- Los socios
Podrán examinar los libros y documentos de la compañía relativos a la administración social; pero los accionistas de las compañías anónimas, en comandita por acciones y de economía mixta.
Tendrán derecho a que se les confiera copia certificada de los balances generales, del estado de la cuenta de pérdidas y ganancias, de las memorias o informes de los administradores y comisarios, y de las actas de las juntas generales; así mismo, podrán solicitar la lista de accionistas e informes acerca de los asuntos tratados o por tratarse en dichas juntas.
Art. 12.- Será ineficaz
Contra terceros cualquiera limitación de las facultades representativas de los administradores o gerentes que se estipulare en el contrato social o en sus reformas
Concordancias: CODIGO CIVIL (LIBRO IV), Arts. 2008, 2062, 2063, 2065 Art. 13.-
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UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA
CARRERA DE DERECHO
NOMBRE: GLORIA PACHECO
CURSO: 7mo "C"
TEMA: Art 10-17 Ley de Compañías