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Articulo 123. Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente…
Articulo 123.
Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil.
A) Entre los obreros, jornaleros, empleados domésticos, artesanos y de
una manera general, todo contrato de trabajo
Duración de Jornada
I.- Duración de jornada no máximo a 8 horas.
II.-Jornada Nocturna no mas de 8 horas.
IV.- Seis días de trabajo un día de descanso
V.-Mujeres embarazadas no hacer trabajos con mucho esfuerzo
Salario Minimo
VII.- Para trabajo igual debe corresponder salario igual, sin tener en
cuenta sexo ni nacionalidad.
VI. Que deberán de disfrutar los trabajadores generales y profesionales
Deberán ser suficientes para satisfacer
las necesidades normales de un jefe de familia
X.- El salario deberá pagarse precisamente en moneda de curso lega
XI.- Cuando, por circunstancias extraordinarias deban aumentarse las
horas de jornada,se debe pagar al 100%
VIII.- El salario mínimo quedará exceptuado de embargo, compensación
o descuento.
Utilidades
IX.- Los trabajadores tendrán derecho a una participación en las
utilidades de las empresas
d).- La Ley podrá exceptuar de la obligación de repartir utilidades a las empresas nuevas durante un numero determinado de años
b).- La Comisión Nacional practicará las investigaciones y realizará los
estudios necesarios y apropiados para conocer las condiciones
generales de la economía nacional.
e).- Para determinar el monto de las utilidades de cada empresa se
tomará como base la renta gravable de conformidad con las
disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta
a).- Una Comisión Nacional, integrada con representantes de los
trabajadores, de los patronos y del Gobierno
f).- El derecho de los trabajadores a participar en las utilidades no
implica la facultad de intervenir en la dirección o administración de las
empresas
c).- La misma Comisión podrá revisar el porcentaje fijado cuando existan nuevos estudios e investigaciones que los justifiquen
III.- No menores de edad
Vivienda
XII.- Toda empresa agrícola, industrial, minera o de cualquier otra clase de trabajo,,esta obligada a dar habitaciones cómodas
Esta obligación se cumplirá mediante las aportaciones que
las empresas hagan a un fondo nacional de la vivienda.
Capacitación.
XIII.- Las empresas, cualquiera que se su actividad, deberán de dar capacitaciones.
XIV.- Los empresarios serán responsables de los accidentes del trabajo y
de las enfermedades profesionales de los trabajadores
XV.- El patrón estará obligado a observar, de acuerdo con la naturaleza
de su negociación,
Sindicatos y Huelgas
XVI.- Tanto los obreros como los empresarios tendrán derecho para
coaligarse en defensa de sus respectivos intereses con algunos sindicatos
XVII.- Las leyes reconocerán como un derecho de los obreros y de los
patronos, las huelgas y los paros.
XVIII.- Las huelgas serán lícitas cuando tengan por objeto conseguir el
equilibrio entre los diversos factores de la producción,
XVIII.- Las huelgas serán lícitas cuando tengan por objeto conseguir el
equilibrio entre los diversos factores de la producción,
XX.- La resolución de las diferencias o los conflictos entre trabajadores y
patrones estará a cargo de los tribunales laborales del Poder Judicial de la federación
XXII Bis.- Los procedimientos y requisitos que establezca la ley para
asegurar la libertad de negociación colectiva, deberá de darse los siguientes opciones
a) Representatividad de las organizaciones sindicales
b) Certeza en la firma, registro y depósito de los contratos colectivos de
trabajo.
Despidos
XXI.- Si el patrono se negare a someter sus diferencias al arbitraje o a cumplir con la resolución liquidara al obrero con tres meses de salario.
XXII.- El patrono que despida a un obrero por entrar a un sindicato, liquidación de tres meses.
Resolución de Conflictos
XXIII.- Los créditos en favor de los trabajadores por salario o sueldos
devengados en el último año, y por indemnizaciones,tendrán preferencia sobre cualquier escenario.
XXIV.- De las deudas contraídas por los trabajadores a favor de sus patronos, solo sera responsable el trabajador
Contratación ,Colocación y Anulación
XXV.- El servicio para la colocación de los trabajadores será gratuito para
éstos
XXVI.- Todo contrato de trabajo celebrado entre un mexicano y un
empresario extranjero deberá ser legalizado por una autoridad municipal.
XXVII.- Serán condiciones nulas y no obligarán a los contrayentes,
aunque se expresen en el contrato:
(a). Las que estipulen una jornada inhumana por lo notoriamente
excesiva, dada la índole del trabajo.
(b). Las que fijen un salario que no sea remunerador a juicio de los tribunales laborales.
(c). Las que estipulen un plazo mayor de una semana para la percepción del jornal.
(d). Las que señalen un lugar de recreo, fonda, café, taberna, cantina o tienda para efectuar el pago del salario
(e). Las que entrañen obligación directa o indirecta de adquirir los
artículos de consumo en tiendas o lugares determinados
(f). Las que permitan retener el salario en concepto de multa.
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XXVIII.- Las leyes determinarán los bienes que constituyan el patrimonio
de la familia, bienes que serán inalienables
XXX.- Asimismo serán consideradas de utilidad social, las sociedades
cooperativas para la construcción de casas baratas e higiénicas,
XXIX.- Es de utilidad pública la Ley del Seguro Social, y ella comprenderá
seguros de invalidez, de vejez, de vida, de cesación involuntaria del trabajo
Aplicación de Leyes
XXXI.- La aplicación de las leyes del trabajo corresponde a las
autoridades de las entidades federativas
B) Empresas
Gobierno Federal, Concecion Federal y Zonas Federales.
C) Materias
Registro,disposiciones, contratos y obligaciones patronales.
a) Ramas industriales y servicios:
Textil,Eléctrica,Cinematográfica,Hulera,Azucarera,Minera,Metalúrgica,Hidrocarburos,Petroquimica, Cementaera, ,Calera,Automotriz,Química, Papel y de aceites
B.- Entre los Poderes de la Unión y sus trabajadores:
Duración de Jornada
Diurna y Nocturna máximo 8 horas.
Por cada seis días trabajados, un día de descanso
Vacaciones no menores a 20 días.
XIII.- Los militares, marinos, personal del servicio exterior, agentes del Ministerio Público, peritos y los miembros de las instituciones policiales, se regirán por sus propias leyes
Salarios
Salarios serán fijos
A trabajo igual,salario igual
Sólo podrán hacerse retenciones, descuentos, deducciones o embargos al salario, en los casos previstos en las leyes
Capacitación
La designación del personal se hará mediante sistemas de indicadores
Los trabajadores gozarán de derechos de escalafón
X.- Los trabajadores tendrán el derecho de asociarse para la defensa de sus intereses comunes
Seguridad Social
a).- Cubrirá los accidentes y enfermedades profesionales
b).- En caso de accidente o enfermedad, se conservará el derecho al trabajo por el tiempo que determine la ley
c).- Las mujeres durante el embarazo no realizarán trabajos que exijan un esfuerzo considerable
d).- Los familiares de los trabajadores tendrán derecho a asistencia médica y medicinas
Viviendas
e).- Se establecerán centros para vacaciones y para recuperación
f).- Se proporcionarán a los trabajadores habitaciones baratas, en arrendamiento o venta
XII.- Los conflictos individuales, colectivos o intersticiales serán sometidos a un Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje
XIV.- La ley determinará los cargos que serán considerados de confianza.