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Rol del profesional Obstetra desde el punto de vista legal
Aspectos Legales de la Carrera Profesional
Ley Universitaria N°30220
Proyecto Educativo Nacional 2021 – Perú
Ley General de Salud Nº 26842
Ley de Trabajo del profesional en obstetricia - Ley Nº 27853
Ley del Ministerio de Salud Nº 27657.
Ley que crea el colegio de obstetras del Perú Ley Nº 21210* Modificado por Ley N° 28686
El Estatuto del Colegio de Obstetras del Perú Código de ética y Deontología.
Resolución del Consejo Nacional Nº 052-2005-CN-COP emitida por el máximo Órgano Directivo de la Orden, señalando la aprobación del Perfil Profesional del Obstetra Basado en Competencias
Base legal de la Carrera Profesional
Ley 27853 Ley del Trabajo de la Obstetra.
Código de Ética y Deontología del Colegio de Obstetras del Perú.
Ley No. 26842, Ley General de Salud,
Ley No. 23346, Ley que reconoce la profesión de Obstetricia como Profesión Médica.
Decreto Legislativo No. 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público y su reglamento, y en el sector privado.
Por las normas que le fueren aplicables.
Ley de Trabajo del profesional en obstetricia Ley N° 27853
El ejercicio profesional del Obstetra colegiado y habilitado en todas las dependencias del sector público, así como en el sector privado, cualquiera sea la modalidad de relación laboral.
Establece el rol de la obstetra: provee, oferta y administra atención obstétrica de salud en el ámbito de su competencia.
Participa en la aplicación de políticas de salud y en la atención integral de salud de la mujer en relación del embarazo, parto y puerperio en las áreas asistencial, administrativa, docente, investigación y preventivo – promocional.
Establece los requisitos para el ejercicio profesional.