El girador de una cuenta corriente, habilitado por primera vez y que incurra, en una cuenta corriente en el sistema financiero autorizado, en el protesto de (3) cheques, y más de una cuenta corriente, (6) cheques, en (1) año, se cerrarán obligatoriamente todas las cuentas corrientes personales abiertas a su nombre en el sistema financiero; no podrá actuar por un (1) año.