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FASE DE JUICIO Y SU PROCEDIMIENTO
EN MATERIA LABORAL. …
FASE DE JUICIO Y SU PROCEDIMIENTO
EN MATERIA LABORAL. LOPT ARTS. 150 AL 162
ARTS. 150 EJUSDEM
LA AUDIENCIA DE JUICIO
SE FIJARÁ AL QUINTO (5) DÍA HÁBIL DE HABERSE RECIBIDO EL EXPEDIENTE
EN UN PLAZO NO MAYOR A TREINTA (30) DÍAS HÁBILES
ARTS. 151 EJUSDEM CELEBRACIÓN DE LA AUDIENCIA DE JUICIO Deben asistir todas las partes o apoderados
y exponer alegatos de la Demanda y Contestación.No podrá admitirse
el alegato de nuevos hechos En caso de apelación de la decisión de alguna de las partes, el Tribunal Superior del Trabajo decidirá en un
PLAZO NO MAYOR A LOS CINCO(05) DÍAS HÁBILES
de haber recibido el expediente NOTA. EL RECURSO DE
CASACIÓN ES ADMISIBLE si la cuantía
excede el monto de 3000 UT (art. 167 ejusdem)
No asistencia del Demandante
SE ENTEDERÁ QUE
DESISTE DE LA ACCIÓN
el Juez de Juicio dictará
un auto oral, reducido a
un acta que agregará al expediente
Esta decisión podrá ser apelada ante el Tribunal Superior dentro de un lapso de cinco (05) días hábiles desde la publicación del fallo..
No asistencia del Demandado
SE TENDRÁ POR CONFESO
Esta decisión podrá ser apelada ante el Tribunal Superior dentro de un lapso de cinco (05) días hábiles desde la publicación del fallo..
ARTS. 152 EJUSDEM
Se escucharan todos los
ALEGATOS DE LAS PARTES
iniciando por el Demandante y se
AVACUARÁN LAS PRUEBAS
ARTS. 153 EJUSDEM PRESENTACIÓN DE LOS TESTIGOS
para su declaración
Podrán ser interrogados por todas las partes.
ARTS. 154 EJUSDEM
Los expertos esta obligados a comparecer a la Audiencia de Juicio, so pena de sanción.
ARTS. 155 al 156 EJUSDEM
Evacuadas las pruebas por las partes, el Juez concederá a las mismas un tiempo breve para efectuar las observaciones que consideren pertinentes.
El juez podrá solicitar a petición de parte o de oficio, la evacuación de cualquier otra prueba que considere necesaria para el
esclarecimiento de la verdad
ARTS. 157 EJUSDEM
La Audiencia de Juicio podrá prolongarse
el tiempo necesario hasta agotar el Debate
con la aprobación del Juez
LAS VECES QUE SEA NECESARIO.
ARTS. 158 EJUSDEM PRIMERA INSTANCIA PRONUNCIAMIENTO ORAL
DE LA SENTENCIA Concluida la Evacuación de la Pruebas, el Juez se retirará durante sesenta (60) minutos. Al regresar pronunciará su SENTENCIA de manera oral y una síntesis precisa de Hecho y de Derecho. En casos excepcionales podrá diferir la Sentencia por un lapso no mayor de cinco (05) días hábiles, después de evacuadas las Pruebas.
ARTS. 159 EJUSDEM
REPRODUCCIÓN ESCRITA
DE LA SENTENCIA O FALLO COMPLETO
Dentro de un plazo de CINCO (05) DÍAS
HÁBILES del pronunciamiento oral.*
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ART. 135 LOPT
Concluida La Audiencia Preliminar,
SIN QUE HAYA ACUERDO O CONCILIACIÓN. el
Demandado deberá consignar por escrito la CONTESTACIÓN
a la Demanda DENTRO DE CINCO (05) DÍAS HÁBILES,
indicando cuales hechos admite, cuales niega y
expresar los fundamentos de su Defensa.
Los no contestados, se darán por admitidos.
De no contestar la Demanda, se darán por admitidos los hechos.ART. 136 LOPT
El Juez de Sustanciación, Mediación y Ejecución
al día siguiente de finalizado el lapso para la Contestación,
REMITIRÁ EL EXPEDIENTE AL TRIBUNAL DE JUICIO.
La Audiencia Preliminar en ningún caso podrá exceder los cuatro (04) meses.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD BICENTENARIA DE ARAGUA
FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y JURÍDICAS
ESCUELA DE DERECHO
NÚCLEO: SAN ANTONIO DE LOS ALTOS, EDO. MIRANDA CÁTEDRA: PRÁCTICA FORENSE V PROF. DRA. MARYORI BORGES ACTIVIDAD SUMATIVA 4 FASE DE JUICIO Y SU
PROCEDIMIENTO EN MATERIA LABORAL ALUMNO:ARGOTTE CASTILLO
ALVARO ALFREDO
CINº: V - 5.454.430
Fuente. Ley Orgánica Procesal del Trabajo