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IMPUESTOS DIFERIDOS, Integrantes: Illusanguil Leyde, Pinchao Kesselie,…
IMPUESTOS DIFERIDOS
- La depreciación correspondiente al valor activado y actualización financiera de la provisión por concepto de desmantelamiento y otros costos posteriores asociados
Son considerados como no deducibles en el período contable, reconociéndose como impuesto diferido, y se lo utiliza cuando se desprendan los recursos para cancelar la
obligación por la cual se efectuó la provisión por desmantelamiento y hasta por el monto
efectivamente pagado.
6.- Las ganancias o pérdidas que surjan de la medición de activos no corrientes mantenidos para la venta
Pondrán ser utilizados en el momento de la venta o ser pagado en el caso de que la valoración haya generado una ganancia, siempre y cuando el ingreso grave impuesto a la renta.
- Contratos de servicios integrados con financiamiento de la contratista
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- Las provisiones para atender los pagos de desahucio y de pensiones jubilares patronales
Son deducibles únicamente en el periodo fiscal en el que se registren y no se reconocerá por este concepto ningún impuesto diferido
Se reconocerá un impuesto diferido, cuando las provisiones para atender los pagos de pensiones jubilares patronales que se refieran a personal que haya cumplido por lo menos diez años de trabajo con el mismo empleador; e incumplan lo dispuesto en el literal b. del número 13 del artículo 10 de la Ley de Régimen Tributario Interno.
El impuesto diferido podrá ser utilizado en el momento en que el contribuyente cancele la obligación, hasta el monto pagado
- Por el reconocimiento y medición de los ingresos, costos y gastos provenientes de contratos de construcción, con condiciones contractuales establezcan procesos de fiscalización sobre planillas de avance de obra
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7.- Los ingresos y costos derivados de la aplicación de la normativa contable correspondiente al reconocimiento y medición de activos biológicos, medidos con cambios en resultados.
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- Las pérdidas esperadas en contratos de construcción generadas por la probabilidad de que los costos totales del contrato excedan los ingresos totales del mismo
Son considerados como no deducibles en el período contable, reconociéndose como impuesto diferido, y se lo utiliza cuando se finalice el contrato siempre y cuando esa pérdida se produzca
- Las pérdidas por deterioro producto del ajuste realizado para alcanzar el valor neto de realización del inventario
Son considerados como no deducibles en el período contable, reconociéndose como impuesto diferido, y se lo utiliza cuando se produzca la venta, la baja o el autoconsumo del inventario
8.- Las pérdidas declaradas luego de la conciliación tributaria, de ejercicios anteriores, en los términos y condiciones establecidos en la ley y en el Reglamento.
9.- Los créditos tributarios no utilizados, generados en períodos anteriores, en los términos y condiciones establecidos en la ley y el Reglamento.
- El valor del deterioro de propiedades planta y equipo y otros activos no corrientes que sean
utilizados por el contribuyente
Son considerados como no deducibles en el período contable, reconociéndose como impuesto diferido, y se lo utiliza en el momento en que se transfiera el activo, se produzca la reversión del
deterioro o a la finalización de su vida útil.
Los impuestos diferidos ecuatorianos constituyen el valor a pagar o a recuperar en el futuro que surge como resultado de aplicar hoy la base financiera para cerrar los estados financieros y la base tributaria que se aplicó para determinar el impuesto a la renta del mismo período contable.
- Las provisiones diferentes a las de cuentas incobrables y desmantelamiento
Son considerados como no deducibles en el período contable, reconociéndose como impuesto diferido, y se lo utiliza en el momento en que el contribuyente se desprenda efectivamente de recursos para cancelar la obligación por la cual se efectuó la provisión y hasta por el monto efectivamente pagado.
- Por la diferencia entre los cánones de arrendamiento pactados en un contrato y los cargos en el estado de resultados que de conformidad con la técnica contable deban registrarse por el
reconocimiento de un activo por derecho de uso
Se reconocerá este impuesto diferido siempre y cuando se cumpla con la totalidad de requisitos y condiciones establecidas en la normativa contable para el reconocimiento y clasificación de un derecho de uso
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