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TÍTULO II DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES - Coggle Diagram
TÍTULO II DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES
CAPÍTULO CUARTO
DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS Y LOS DOCENTES
Art. 10.- Derechos
f. Recibir una remuneración acorde con su experienci
b. Recibir incentivos por sus méritos
k. Acceder a servicios y programas de bienestar social y de salud integral
c. Expresar libre y respetuosamente su opinión
d. Ejercer su derecho constitucional al debido proceso
l. Ejercer sus derechos por maternidad y paternidad
a. Acceder gratuitamente a procesos de desarrollo profesional
m. Solicitar el cambio de su lugar de trabajo
CAPÍTULO CUARTO: Art. 11.- Obligaciones
Cumplir con las disposiciones de la Constitución de la República
b. Ser actores fundamentales en una educación pertinente
c. Laborar durante la jornada completa de acuerdo con la Constitución de la República
d. Elaborar su planificación académica y presentarla oportunamente
h. Atender y evaluar a las y los estudiantes de acuerdo con su diversidad cultura
f. Fomentar una actitud constructiva en sus relaciones interpersonales
CAPÍTULO QUINTO
DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS MADRES, PADRES Y/O REPRESENTANTES LEGALES
Art. 12.- Derechos
Participar en el gobierno escolar al que pertenezcan
k. Solicitar y acceder a la información que consideren pertinentes
Elegir y ser elegidos como parte de los comités
g. Participar de los procesos de rendición de cuentas sobre la gestión y procesos educativos
b. Recibir informes periódicos sobre el progreso académico de sus representados
f. Ser escuchados y que su opinión sea analizada por las autoridades educativas
Art. 13.- Obligaciones
d. Participar en la evaluación de las y los docentes
i. Apoyar y motivar a sus representados y representadas
c. Apoyar y hacer seguimiento al aprendizaje de sus representados
h. Reconocer el mérito y la excelencia académica
Garantizar que sus representados asistan regularmente a los centros educativos
e. Respetar leyes, reglamentos y normas de convivencia
CAPÍTULO QUINTO: Art. 14.- De la exigibilidad, la restitución y la protección.
adoptará las medidas necesarias para la vigencia, ejercicio efectivo, garantía, protección, exigibilidad y justiciabilidad del derecho a la educación de niños, niñas y adolescentes
La Junta Distrital Intercultural de Resolución de Conflictos
Conflictos realizará el respectivo registro interno y seguimiento del desarrollo de la acción judicial impulsada
velará por el cumplimiento de las medidas de protección