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Concepto, EL GOBIERNO - Coggle Diagram
Concepto
Estructura Orgánica
Se organiza en:
La de los tradicionales órganos
Ejecutivo
Legislativo
Judicial
La de los organismos constitucionales emergentes.
Aquellos los que la Constitución les confiere personalidad jurídica propia y les otorga autonomía, por lo que no quedan adscritos a ninguna de los tradicionales órganos del poder público.
Formas antiguas de gobierno
Formas contemporáneas de gobierno
La descentralización política
Se refiere a la estructura del Estado, por tratarse de una forma de distribución del ejercicio del poder público entre diversos sujetos de derecho público, que se inserta en el ámbito del derecho constitucional.
1 La descentralización política territorial.
Es la primera manifestación de descentralización
por ejemplo la descentralización de
Los Estados de la República
En ejercicio de su soberanía
, eligen a los titulares de los órganos depositarios de su respectivo poder publico local, se otorgan y reforman su propia Constitución, la que en ningún caso puede contravenir la Constitución Federal.
El Distrito Federal
En los términos del artículo 44 Constitucional, la Cuidad de México es el Distrito Federal, sede de los poderes de la Unión y capital de los Estados Unidos Mexicanos, cuya estructura y organización conforman una clara expresión de descentralización política.
La del municipio
El ayuntamiento es la organización político-administrativa de la sociedad local. El ayuntamiento de cada municipio expide su propia normativa jurídica.
La descentralización política funcional
La encomienda de una función pública emergente a un nuevo órgano, distinto e independiente de los tradicionales órganos depositarios del poder público, constituye una clara manifestación de descentralización política.
La descentralización política por servicio
Se realiza con el propósito de prestar un servicio publico, a cuyo efecto se personaliza dicho servicio, o sea, se crea una persona jurídica de derecho publico para que se encargue de la prestación del servicio público respectivo, con una gran dosis de autonomía que le permite darse su propio órgano de gobierno y conferirse su propia normativa jurídica.
El régimen presidencial
: Basada en la separación de poderes.
El régimen parlamentario
: Se produce una colaboración de poderes fincada en tres principios básicos:
1
- La encomienda de las funciones del poder público a órganos diferentes.
2
La coincidencia de la actuación de estos órganos en campos de acción común;
3
La posibilidad de que los miembros del Ejecutivo sean miembros del parlamento.
El régimen dictatorial
: La base de este es la confusión de poderes, toda vez que las diversas funciones del poder público se fusionan para depositarse en un solo individuo.
La monarquía
El rey presidía. En Roma la monarquía no era hereditaria, pero el monarca designaba a su sucesor
La Edad Media
Perduraron
la monarquía y la república
como formas de gobierno.
En el medioevo la republica tuvo dos versiones:
La aristocracia
La democracia
La Edad Moderna
Charles Louis de Secondat, en su celebre obra
El espíritu de las leyes
reconoció tres formas de gobierno.
La monarquía
La república
El despotismo
Es el conjunto de órganos del poder público, cuyos titulares ejercen, en consecuencia, las funciones públicas respectivas.
EL GOBIERNO