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Capítulo VI FONDOS COLABORATIVOS O CROWDFUNDING, Título VII CONDICIONES…
Capítulo VI
FONDOS COLABORATIVOS O CROWDFUNDING
Clasificación de Proyectos
Plataformas de fondos colaborativos deberán adoptar un procedimiento que clasifique los proyectos a partir de un análisis objetivo de la información que proveerán los promotores.
Información relevante: -Sector, finalidad, localización siendo estos equitativos.
Para esta clasificación no sé tomara en cuenta los riesgos, ni la opinión respecto a la rentabilidad del proyecto.
Recaudación de recursos en las plataformas de fondos colaborativos
Todas las recaudaciones de recursos para los proyectos de fondos colaborativos se hará mediante instituciones del sistema financiero.
Un proyecto no se financiará, al mismo tiempo, en más de una plataforma de fondos
colaborativos
Monto máximo de recaudación de cada proyecto en una plataforma de fondos
colaborativos, será la cantidad de 1.000 SBU
Plazo máximo de publicación en las plataformas de fondos colaborativos
Se asegurarán que para cada proyecto productivo tenga un plazo máximo para la consecución de los recursos, que en ningún caso superará 6 meses desde la fecha de publicación del proyecto productivo.
Una vez cumplido el plazo la plataforma deberá suspender la publicación del proyecto y notificar a los inversores y promotores relacionados al proyecto.
Transferencia de fondos colaborativos.
Una vez que se compruebe el cumplimiento de las condicione, deberán ordenar a la entidad financiera la liberación de los fondos transferidos, a favor del promotor, en máximo cinco días hábiles a partir del cumplimiento
En caso de que se compruebe y no sé cumplan las condiciones del proyecto deberán ordenar a la entidad financiera realice la reversión de los
fondos recaudados, a favor del inversor.
Prohibiciones de las plataformas de fondos colaborativos
Son denominadas también
CROWDFUNDING
y son las sociedades mercantiles cuyo objeto social es la búsqueda de financiamiento de proyectos, a través de plataformas desarrolladas sobre la base de nuevas tecnologías.
Prohibiciones a las plataformas colaborativas
Las plataformas de fondos colaborativos no podrán administrar directamente los recursos de los proyectos financiados
Otorgar préstamos a los inversores o promotores, ni recibir fondos del inversor sin la aceptación de términos y condiciones de uso de las plataformas.
Ser utilizada para todo tipo de sorteos y/o juegos de azar
Asegurar el cumplimiento de las condiciones del proyecto
Título VII
CONDICIONES LABORALES
Régimen especial de contratación de personal para emprendimientos
Se incentiva la generación de empleo y formalización del trabajo en el emprendimiento
En el trabajo emprendedor un ente rector desarrollara la modalidad o modalidades contractuales como lo son:
La jornada parcial, tiempo de duración de los contratos, pago de beneficios de ley, remuneración y como se la calcula
Es prohibido el desarrollo de emprendimientos que den lugar al trabajo infantil y cualquier forma de explotación
Afiliación a la seguridad social
Cuando obtengamos el contrato el empleador deberá afiliar al trabajador en el IESS y este obtendrá inmediatamente sus beneficios.
En caso de que la relación laboral termine antes de un año el empleados debe cancelar el mono adeudado hasta la fecha que su empleador finalice sus actividades.
GRUPO 1
Pilliza Jessica , Llumiquinga Jennifer, Guatapia Jaqueline , Flores michelle, Potes helen , Viracocha Juan, Rea karla, Alban Renata, Guailla Jaqueline, Centeno alenisse