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LOS BIENES, LOS BIENES
PROFESOR: ISRRAEL SOLIS SERRANO
ALUMNO: ISMAEL…
LOS BIENES
BIENES INMUEBLES
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II. Las plantas y árboles, mientras estuvieren unidos a la tierra, y sus frutos mientras no
sean separados de ellos;
III. Todo lo que esté unido a un inmueble de una manera fija, de modo que no pueda
separarse sin deterioro del mismo o del objeto a él adherido
IV. Los palomares, colmenas, estanques de peces o criaderos análogos, cuando el
propietario los conserve con el propósito de mantenerlos unidos al inmueble y formando
parte de él de un modo permanente;
V. Las máquinas, instrumentos o utensilios destinados por el propietario del inmueble,
directa o exclusivamente a la industria o explotación del mismo
VI. Los fertilizantes, herbicidas, fungicidas, insecticidas, semillas y en general las
sustancias para la preservación, cultivo y mantenimiento de la tierra que se encuentren
en los inmuebles o unidades de producción en donde hayan de utilizarse;
VII. El equipamiento y accesorios adheridos al suelo o a los edificios de éstos, salvo
convenio en contrario
VIII. Los acueductos o tuberías de cualquier tipo que sirvan para conducir los líquidos o
gases a un inmueble, o para extraerlos de él
IX. Los animales que formen el pie de cría en los predios rústicos destinados total o parcialmente al ramo de ganadería, así como los de trabajo indispensables para el cultivo del inmueble mientras están destinadas a ese objeto;
X. Los diques y construcciones que, aún cuando sean flotantes, estén destinados por su
objeto y condiciones a permanecer en un punto fijo de un río, lago o costa
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BIENES MUEBLES
Son bienes muebles por su naturaleza, los que pueden trasladarse de un
lugar a otro, ya sea por sí mismos, o por efecto de una fuerza exterior
Son bienes muebles por disposición de la ley, las obligaciones y los derechos o acciones que tienen por objeto cosas muebles o cantidades exigibles en virtud
de acción personal.
Por igual razón se reputan muebles, los títulos que cada socio tiene en las asociaciones y sociedades, aún cuando a éstas pertenezcan algunos bienes inmuebles.
Los bienes muebles son fungibles y no fungibles. Los primeros son los que pueden ser reemplazados por otros de la misma especie, calidad y cantidad; los segundos
los que no reúnen esa característica.
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