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Límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas…
Límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales a cuerpos receptores provenientes de la industria vinícola. (MEXICO)
Objetivo
Esta Norma Oficial Mexicana establece los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales a cuerpos receptores provenientes de la industria vinícola.
Campo de aplicación
La presente Norma Oficial Mexicana es de observancia obligatoria para los responsables de las descargas de aguas residuales a cuerpos receptores provenientes de los procesos de la industria vinícola.
Especificaciones
Las descargas de aguas residuales provenientes de la industria vinícola deben cumplir con las especificaciones que se indican
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Coliformes totales medidos como número más probable por cada 100 ml en las descargas de aguas residuales provenientes de la industria vinícola
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Sin límite, en el caso de que las aguas residuales de servicios se descarguen separadamente y el proceso para su depuración prevea su infiltración en terreno
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Vigilancia
La Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos por conducto de la Comisión Nacional del Agua, y en coordinación con la Secretaría de Marina cuando las descargas sean al mar, vigilará el cumplimiento de la presente Norma Oficial Mexicana.
Sanciones
Será sancionado conforme a lo dispuesto por la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la Ley de Aguas Nacionales y demás ordenamientos jurídicos aplicables.