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TRIBUTOS AL COMERCIO EXTERIOR - Coggle Diagram
TRIBUTOS AL COMERCIO EXTERIOR
Son recargos económicos que se aplica a los bienes que son objeto de importación o exportación.
Aranceles
Es un impuesto o gravamen que se aplica solo a los bienes que son importados o exportados.
El más usual es el que se cobra sobre las importaciones; en el caso del Ecuador y muchos otros países.
Ed-Valorem: términos porcentuales del valor monetario en aduana de la mercancía
Específicos: Recargos Fijos que se aplican en base a la determinadas condiciones de las mercancías por ejemplo: peso, unidades físicas, volumen entre otros
Mixtos: Aplicación conjunta de derechos arancelarios Ad-Valorem y específicos
Fodinfa
Fondo de desarrollo para la Infancia ; tributo que grava todas las importaciones un recargo equivalente al 0,5% del valor de en aduana de las mercancías objeto de importación
Excepto en el caso de los productos utilizados en la elaboración de fármacos de consumo humano y veterinario,
Este fondo financia programas y proyectos del ministerio de bienestar socia
HECHO GENERADOR
Sera el ingreso de mercancías extranjeras o la salida de mercancias del territorio aduanero bajo el control de la autoridad aduanera competente
SUETO ACTIVO
El sujeto activo de la obligación tributaria aduanera es el Estado , por intermedio del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador
SUJETO PASIVO
Son las personas naturales o jurídicas que realizan actividades de comercio internacional la debe satisfacer el respectivo tributo en calidad de contribuyente o responsable.
Regímenes De Importación
Importación para el consumo
Admisión temporal para reexportación en el mismo estado
Reimportación en el mismo estado (Régimen 32)
Reposición con franquicia arancelaria (Régimen 11)
Transformación bajo control aduanero (Régimen 72)
BASE IMPONIBLE
El costo del seguro formará parte del valor en aduana pero la póliza de seguro no será documento obligatorio de soporte exigible a la declaración aduanera.
Cuando la base imponible de los derechos arancelarios no puede determinarse, conforme el valor de transacción de las mercancías importadas, se determinará de acuerdo a los métodos secundarios de valoración previstos en las normas que regulen el valor en aduana de mercancías.
El valor en aduana de las mercancías será el valor de transacción de la mismas más los costos del transporte y seguro, determinado según lo establezcan las disposiciones que rijan la valoración aduanera.
Liquidación Aduanera
Se refiere a la determinación de la cuantía de los tributos procedentes de una operación aduanera
en el sistema ECUAPASS se genera la liquidación correspondiente a los tributos declarados, así como la liquidación por el valor de la tasa de servicio de control aduanero.