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REGISTRO CIVIL
Definición
Servicio encargado de registrar los actos y hechos jurídicos referentes al Estado Civil de las personas naturales.
Es una institución jurídica que tiene por finalidad hacer constar hechos relativos a las personas físicas e incide la capacidad jurídica de los mismos. Está debe ser completa, centralizada y pública
Ley Orgánica
Esta Ley tiene por objeto regular la competencia, formación, organización, funcionamiento, centralización de la información, supervisión y control del Registro Civil.
Finalidad
- Asegurar los derechos humanos a la identidad biológica y la identificación de todas las personas.
- Garantizar el derecho constitucional de las personas a ser inscritas en el Registro Civil.
- Crear un Sistema Nacional de Registro Civil automatizado.
- Brindar información que permita planificar políticas públicas que faciliten el desarrollo de la Nación
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Rectificación de Actas
En los procedimientos de la rectificación de las actas, existen situaciones en las cuales algunas de las características particulares de las actas se omitan, sean erróneas o equivocadas, en este caso el representante tendrá la posibilidad de solicitar una rectificación de actas, como el procedimiento de corrección.
Tiene por objeto la corrección de nombre propios y fechas de nacimiento sin que se altere la filiación o la capacidad de ejercicio del registrado, así como los errores que se advierten al cotejo efectuado en las actas del Estado Civil en donde se transcribieron los datos.
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