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OBLIGACIONES LABORALES DE LOS EMPRENDEDORES** - Coggle Diagram
OBLIGACIONES LABORALES DE LOS EMPRENDEDORES
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1.Pagar las cantidades que correspondan al trabajador (contrato,acuerdo)
2.instlar las fabricas, talleres, oficinas sujetandose a las medidas de prevencion, e higiene del trabajo.
3.indemnizar a los trabajadores (por accidente en el trabajo y por las enfermedades profesionales).
4.alimenatcion a los trabajadores cuando la cantidad sea de 50, mas si están situados a 2 km de la población.
5.establablecer escuelas para beneficios a los hijos de los trabajadores siempre que la población sea por los menos de veinte niños.
6.las empresas cumplirán esta obligación directamente mediante el establecimiento de su propio comisariato.
7.llevar un registro de trabajadores en el que conste nombre, edad, precedencia,estado civil, clase de trabajo.
9.respetar las asociaciones de trabajadores.
10.sujetarse al reglamento interno legamente aprobado.
tratar al trabajador con respeto, no infiriéndolos maltratos de palabra o obra.
12.conferir gratuitamente al trabajador, cuantas veces lo solicite, certificados relativos a su trabajo.
14.pagar al trabajador de ida y vuelta cunado por razones de servicio se translade a un lugar distinto del de su residencia.
8.proporcionar materiales para la ejecución del trabajo.
13.sujetarse al reglamento interno legalmente aprobado.
15.la empresa que cuente con cien o mas trabajadores o mas esta obligada a contratar a otro trabajador social titulado.
pagar al trabajador remplazante con remuneración no inferior a la basica.
17.concerder permiso a declarar en comisión de servicio hasta por un año y con derecho a remuneración hasta los seis meses al trabajador.
18.suministrar cada año por lo menos completamente gratuita un vestido adecuado para el trabajo.
conceder tres días de licencia con remuneración en caso de fallecimiento de su cónyuge.
20.inscribir a los trabajadores al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS)
21.empleadores registrados en el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social están obligadas a exhibir en lugar visible, las planillas mensuales de remisión de aportes individuales y patronales
empleador publico con mínimo de 25 trabajadores esta obligado al contratar al menos una persona con discapacidad.
las empresas e instituciones para facilitar la inclusión de las personas con discapacidad al empleo, harán adaptaciones al puesto de trabajo.