Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
ORIGEN Y NATURALEZA JURIDICA DE LOS CREDITOS DOCUMENTARlOS - Coggle…
ORIGEN Y NATURALEZA JURIDICA DE LOS
CREDITOS DOCUMENTARlOS
En un crédito documentario, el
importador-comprador
tiene la posibilidad de adquirir mercancías solicitando a un banco que ponga a disposición del exportador-vendedor- con quien no tiene ningún vínculo obligacional-la suma de dinero que representa el valor de las mercancías adquiridas.
El
exportador-vendedor
sólo tendría que entregar al banco aquellos documentos relativos a la compraventa pactada.
RESEÑA HISTORICA
El primer proyecto, tendiente a establecer reglas estándar sobre los créditos documentarios, fue elaborado por la Cámara de Comercio Internacional de París en 1933, pero sólo llamó la atención de muy pocos países. Efectivamente, las reglas adoptadas en Viena en 1933 (Folleto N° 2) tuvieron poca aceptación.
La versión fue modificada en 1984 cuando fue puesto en vigencia el Folleto N° 400, a partir del 1 de octubre de 1984.
Pero en ese mismo decenio se elaboraron dos importantes instrumentos dentro de los aspectos jurídicos del comercio internacional: la Convención de Viena de 1980 sobre compraventa internacional de mercaderías y las INCOTERMS (Términos del Comercio Internacional) que, producto del desarrollo de la teleinformática y de los nuevos medios del transporte, surgieron con nuevas características.
NATURALEZA JURÍDICA
El análisis jurídico de una institución de comercio internacional no es un trabajo de imaginación, sino el esfuerzo de reunir los datos, darles un sentido lógico y ordenarlos a fin de que posibiliten explicar una realidad.
En el sistema romano- germánico
Para explicar la naturaleza jurídica del crédito documentario, se han adoptado diferentes teorías como el mandato, la novación, la cesión de créditos, la fianza, y la estipulación en favor de terceros.
- Mandato:
Algunos sostienen que el crédito documentario es
un mandato, a pesar de la presencia de un compro miso autónomo del banco consistente en la obligación de pagar.
- Novación:
Josserand, la innovación "consiste en la sustitución convencional de una obligación por otra: la relación jurídica antigua queda extinguida por el nacimiento de otra nueva que ocupa su lugar; una obligación desplaza a la otra".
- Cesión de créditos:
El crédito sería el surgido en beneficio del ordenante y en contra del banco en virtud del contrato de apertura del crédito documentario.
- Fianza:
a supone, antes de ser ejecutada, que se demuestre fehacientemente que el deudor principal, es decir la empresa o individuo, no cumplió sus obligaciones contractuales.
- Estipulación en favor de tercero:
Asimila la figura del crédito documentario a la de estipulación en favor de terceros en donde el banco, en mérito al acuerdo con el ordenante, promete pagar una suma de dinero al tercero vendedor con base en un depósito previo o a una línea de crédito abierta por el banco a favor del
ordenante.
En el sistema del common law
El mayor problema dentro del sistema del common law es enfrentar los créditos documentarios y la teoría de la consideration, que es definida como la causa, motivo, o factor de influencia que logra inducir a un sujeto a participar o ingresar en la esfera
contractual.
- La teoría del offer:
Esta teoría tiene dos variantes:
1. La offer and acceptance theory.
Está basada en la regla según la cual una carta de crédito es una oferta de un banco de comprometerse con una persona a quien está dirigida. Las condiciones de esta oferta reproducidas en ocasión de la carta de crédito fijan la extensión de las obligaciones del beneficiario en relación al banco. De la aceptación de la offer, complemento esencial y necesario de la propia oferta, deviene la fuerza obligatoria del compromiso del banco.
2. La seller's offer theory.
El beneficiario, al requerir la apertura de un crédito documentario irrevocable, decide entregar los documentos al banco y no al tomador del crédito. Es comprensible que el beneficiario se rehusé a tratar directamente con el tomador del crédito y solicite la intervención del banco, en búsqueda de una mayor seguridad.
- La guaranty theory:
Según esta teoría, el banco, al abrir un crédito documentario asegura al beneficiario que pagará el precio de las mercaderías. Garantiza el cumplimiento de la obligación de pago.
- La teoría del estoppel:
Esta teoría está basada en los criterios de la representación, según la cual toda conducta es capaz de ser considerada como una declaración de hecho,
y por lo tanto podría llevar a una persona a actuar con base en esa convicción de modo que pueda alterar su posición anterior.
Una apreciación integradora
Como se puede apreciar, ninguno de los dos sistemas jurídicos consigue explicar el contenido y di mensión de esta figura comercial que se vincula con los contratos comerciales y financieros en una operación tripa lar especial.