LOS BIENES: ENTENDIDOS COMO AQUELLOS OBJETOS CORPORALES O INCORPORALES, MUEBLES O INMUEBLES QUE HAYAN PERTENECIDO EN VIDA AL CAUSANTE BAJO ALGÚN DERECHO REAL PRINCIPAL (POSESIÓN, PROPIEDAD, USO, USUFRUCTO, SERVIDUMBRE, ETC.) O ACCESORIO (HIPOTECA, GARANTÍA MOBILIARIA, ANTICRESIS O DERECHO DE RETENCIÓN).