CONCUBINATO
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• El concubinato es una unión de hecho estable entre personas de distinto sexo (en algunos estados se acepta entre homosexuales) a la que la ley en ciertos casos, y luego de cierto tiempo, le concede efectos jurídicos.


• Son personas que conviven haciendo vida marital pero no se hallan unidos en matrimonio.

EFECTOS CON RELACIÓN A LOS CONCUBINOS

IGUALDAD

ALIMENTOS

PARENTESCO

El concubinato no originaba el parentesco de afinidad; actualmente el artículo 294 del Código Civil para el Distrito Federal establece:

El parentesco por afinidad, es el que se adquiere por matrimonio o concubinato, entre el hombre y la mujer y sus respectivos consanguíneos

La Constitución mexicana contempla la igualdad en diversos artículos, específicamente el numeral cuarto, párrafo primero, estipula que: “El varón y la mujer son iguales ante la ley

La mujer como el hombre gozan de los mismos derechos y tienen las mismas obligaciones y, por lo tanto, la mujer no debe ser discriminada por su género

Artículo 302 del Código Civil para el Distrito Federal establecía quela obligación alimenticia era recíproca entre los concubinos, siempre y cuando quedaran satisfechos los requisitos señalados en el artículo 1635

Es decir, cuando hubieran vivido juntos como marido y mujer por un tiempo de cinco años, o menos, si hubieran tenido hijos.

Relación patrimonial y aportaciones económicas

SUCESIÓN

DONACIONES

DOMICILIO

ADOPCIÓN

Uno de los elementos objetivos del concubinato consiste en tener una vida en común, lo que significa que deben vivir bajo un mismo techo

Los concubinos tienen derecho a heredarse recíprocamente, aplicándose las disposiciones relativas a la sucesión del cónyuge

Los concubinos pueden hacerse donaciones siempre que se reúnan las disposiciones establecidas para celebrar cualquier otro contrato.

Los concubinos no pueden adoptar por ser su relación contraria a las buenas costumbres

DISOLUCIÓN DEL CONCUBINATO

  • Por mutuo consentimiento de los compañeros
  • Por muerte de uno o ambos compañeros
  • Por sentencia judicial
  • Por el matrimonio de uno o de ambos compañeros con personas distintas

NULIDAD DEL
MATRIMONIO
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La nulidad sanciona al matrimonio, como a cualquier acto jurídico, que se haya realizado contraviniendo los requisitos de validez del mismo, sus efectos son retroactivos al momento de la celebración del matrimonio

IMPEDIMENTOS QUE PRODUCEN LA NULIDAD DEL MATRIMONIO:

Falta de autorización para el matrimonio de los menores de edad

Consentimiento del tutor o juez de lo familiar

El parentesco

Adulterio

El atentado en contra de alguno de los cónyuges

Enfermedad e incapacidad para gobernarse

DISOLUCIÓN DEL MATRIMONIO disolucion matrimonio

Es la finalización de la relación personal y económica entre los conyugues, o cualquiera que haya sido la forma y el momento de su celebración

Formas de disolución de un matrimonio:

Muerte

Divorcio

Por nulidad judicialmente declarada

Elaborado por: PRISCILA GARCÍA BÁEZ