Sentido subjetivo: hace referencia a un sujeto es decir, a un órgano, poder o departamento del Estado. En realidad, el derecho administrativo está vinculado al PE, como consecuencia de la división de las funciones del Estado en tres. Pero leyes y doctrinas más recientes afirman que otros órganos del Estado ejercen también funciones administrativas y obran como órganos administrativos y les es aplicable la legislación administrativa. Pero, de todos modos, es el PE el que esta específicamente encargado de la administración, y los demás poderes tiene a veces, funciones administrativas.