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BASES JURIDICAS DE LOS CONTRATOS DE SEGUROS
Es un contrato sustantivo
La obligación del asegurador de soportar el riesgo deber ser consecuencia de un pacto específico, es decir, distinto de todo otro negocio jurídico.
Es un contrato en el que la autonomía de la voluntad se encuentra muy limitada
Es muy habitual el uso por las entidades aseguradoras de contratos de adhesión para estipular el contrato de seguro, lo que supone una limitación al principio de autonomía de la voluntad contractual.
Es un contrato oneroso
Por el pago de la prima por parte del asegurado.
Es un contrato aleatorio
Ya que no se conoce cuándo va a ocurrir el siniestro, cómo va a ocurrir o cuánto se va a pagar.
Es de carácter formalista
REASEGURADO
Tiene un contrato que se celebra entre compañías aseguradoras, por el cual el reasegurador se obliga a reparar, dentro de los límites que se establezcan en la Ley y en el contrato, la deuda nace en el patrimonio del reasegurado a consecuencia de la obligación por éste asumida como asegurador en un contrato de seguro
Es un contrato bilateral
Es suscrito entre el asegurador y el tomador del seguro (que no tiene por qué coincidir con el asegurado). El asegurador es la persona jurídica que asume la responsabilidad de atender los siniestros según las condiciones del contrato. El tomador del seguro es la persona física o jurídica que contrata el seguro con el asegurador. Puede contratar los servicios para sí mismo o para un tercero.
Es un contrato sinalagmático
Pues las dos partes intervinientes asumen obligaciones en el mismo. El tomador asume el pago de la prima según las condiciones pactadas y el asegurador asume el importe de los siniestros que se pudieran producir, atendiendo a lo dispuesto en las disposiciones firmadas.
Los seguros contratados pueden dividirse en seguros individuales o colectivos, en función del número de asegurados y pueden hacer referencia a riesgos simples o combinados, según el origen de los siniestros.
Es un contrato basado en la buena fe.
Pues el asegurador promete, a cambio de la prima, pagar el siniestro en el caso en que éste se produzca. El tomador del seguro se compromete a describir certeramente el riesgo a asegurar y fijar su valor. Según la Ley de Contrato de Seguro, estas manifestaciones serán consideradas verídicas salvo prueba en contrario.
CAMILO ORIAS VALDEZ