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RÉGIMEN TRIBUTARIO SIMPLIFICADO, El SERVICIO DE IMPUESTOS NACIONALES SIN …
RÉGIMEN TRIBUTARIO
SIMPLIFICADO
¿Qué requisitos se deben presentar para
inscribirse?
Para la obtención del Número de Identificación Tributaria (NIT) debe presentar los siguientes
requisitos en oficinas del Servicio de Impuestos Nacionales:
• Croquis del Domicilio Fiscal y/o Domicilio Habitual.
• Documento de Identidad vigente .Factura o aviso de cobranza de consumo de energía eléctrica (*) del Domicilio Fiscal y Habitual.
(*) cuya fecha de emisión no tenga una antigüedad mayor a 60 días calendario
¿Quiénes no pertenecen a este régimen?
Los que tienen un capital inferior 12.001 Bs.- o tienen más de 60.000 Bs., los primeros no necesitan inscribirse y los segundos tiene que inscribirse al régimen general.
¿Qué importe deben pagar?
En Bolivia, los Artesanos, Comerciantes Minoristas y Vivanderos, (persona natural, no jurídica) que
tengan un capital entre 12.001 Bs y 60.000 Bs y tengan ingresos menores a 136.000 Bs. están alcanzados para el régimen simplificado y además estos deben cumplir los siguientes requisitos:
¿Quiénes pertenecen al Régimen Simplificado?
• El precio unitario de los productos o servicios vendidos no debe ser mayor según se detalla:
Para Comerciante Minorista sus productos no deben ser mayor a 480Bs.-
Para el Artesano, sus productos o servicios no deben ser mayor a 640 Bs.-
Para el Vivandero, sus productos no deben ser mayor a 148 Bs
La suma de las ventas de todo el año no debe superar los 136.000Bs.- en cualquiera de las tres
actividades pertenecientes al Régimen Tributario Simplificado.
Se Dividen por Categorías, (según el capital declarado y posterior verificación del SIN), actualmente el Decreto Supremo 3698, sube el límite del Régimen Tributario Simplificado (RTS) de 37 mil a 60 mil bolivianos como capital máximo de este régimen especial, cuyos pagos van desde 47Bs.a 350 Bs.
Cuándo pagan el impuesto?
Si la fecha de vencimiento fuera un día inhábil (sábado, domingo o feriado), el vencimiento se trasladará al primer día hábil siguiente Si cierra o inactiva el NIT en mes impar igual corresponde el pago
por el bimestre en curso..
Si el contribuyente se inscribe en mes par, el pago de sus
obligaciones se inicia en el siguiente período, ej.: si fue inscrito en febrero su primer pago deberá ser por marzo y abril, hasta el 10 de mayo en cualquier entidad financiera autorizada.
¿Qué deben hacer cuando dejan de realizar su
actividad?
Cuando el contribuyente cierra definitivamente su actividad económica, puede inactivar su NIT sin
la necesidad de apersonarse a oficinas del SIN realizando los siguientes 4 pasos en la Oficina
Paso 1.- Ingrese a su Oficina Virtual
Paso 2.- Active la opción “Crear trámite de inactivación”
Paso 3.- Consignar el número del documento generado en la casilla respectiva.
Paso 4.- Imprimir el Certificado de Baja o Inactivación de NIT.
Autor: Alexander Tellería
El SERVICIO DE IMPUESTOS NACIONALES SIN
Define como:
ARTESANOS, a aquellas Personas Naturales, que ejercen un arte u oficio manual, trabajando por
cuenta propia en sus talleres o a domicilio. Ej.: Bordador, Tejedor, Hojalatero, etc.
COMERCIANTES MINORISTAS, son aquellas Personas Naturales que desarrollan actividades de
compra/venta de mercaderías en mercados públicos, ferias, kioscos, pequeñas tiendas y puestos
ubicados en vía pública. Ej.: Una pequeña tienda de barrio, vendedores al detalle en kioscos o puestos,
VIVANDEROS, son aquellas Personas Naturales que expenden bebidas y alimentos en kioscos y
pequeños locales. Ej.: Venta de alimentos en pequeños snacks, kioscos, etc.
El Servicio de Impuestos Nacionales simplificó por decirlo… el pago de impuestos para los
contribuyentes del Régimen Tributario Simplificado, quedando el llenado y la presentación de
la Boleta 4500 de manera opcional y mantiene su vigencia.