la Constitución Política del Estado de 1826, haciendo plenamente suya la idea bolivariana, acogía un Poder Legislativo tricameral, una de cuyas cámaras, la Cámara de Censores, asumía la facultad de velar si el Gobierno cumple y hace cumplir la Constitución, las leyes y los tratados públicos, debiendo acusar ante el Senado las infracciones que el Ejecutivo hiciera tanto de la Constitución, como de las leyes y los tratados públicos: «En definitiva, en esta primera etapa del constitucionalismo boliviano, que se prolonga hasta la Constitución de 21 de septiembre de 1851, que sentará las bases para un cambio de orientación, el control político de constitucionalidad, con una u otra característica, aparece profundamente arraigado, situación que bien puede considerarse como paradigmática.