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LA DONACION - Coggle Diagram
LA DONACION
definición
es un contrato a través del cual se transfiere de manera gratuita un bien a otra persona que acepta dicha transferencia. Las partes en este acuerdo se denominan donante y donatario, siendo el primero el que transfiere el bien y el segundo el que lo recibe.
caracteristicas
Gratuidad: No se efectúa con ánimo de lucro.
Principal: No depende de otro contrato para existir.
Irrevocable: En principio no puede revertirse, aunque por ingratitud puede ser revocada.
Unilateral: La obligación principal es para el donante, quien entregar el bien dado.
Consensual: Juega un papel importante tanto el consentimiento del donante como el del donatario.
Instantánea: Su ejecución es inmediata
Solemne: Se deben cumplir ciertas formalidades, como cuando se realiza la donación de un bien inmueble a través de la obligada escritura pública.
clasificación
como un contrato principal, consensual, traslativo de dominio, unilateral, gratuito, en principio irrevocable, entre vivos y, habitualmente, instantáneo y formal solemne.
elementos de validez
Licitud en el objeto motivo o fin de la donación. Su falta produce la nulidad absoluta del contrato 2. La capacidad que se divide en capacidad de recibir donaciones y para hacerlas (en ambos casos hablamos de la capacidad en general) 3.la formalidad o forma es consensual en oposicion a formal cuando recaiga en bienes inmuebles. 4 ausencia de vicios en el consentimiento
en relacion al donante
Estas personas apoyan voluntariamente al entregar bienes materiales o dinero y ayudan a que los emprendimientos sociales puedan seguir operando de manera sostenible en el tiempo y, así, puedan lograr el objetivo social que se plantean.
elementos esenciales de la donación
el empobrecimiento del donante; el enriquecimiento del donatario; y la intención de hacer una liberalidad (animus donandi).
la consecuencias de la donación
resindir la donacion por sobrevivencia de hijos en que seran sustituidos al donanate los bienes donados por su valor si han sido enajenados antes del nacimiento de los hijos o si el donataro hubiese hipotecado los bienes, subsistira la hipoteca pero el donante tendra el derecho de exigir que el donatario le redima.
en relacion al donatario
al ser el beneficiario, con el consiguiente enriquecimiento, bastará la capacidad jurídica, así se deriva de la regla general del artículo 625 del Código Civil al establecer que podrán aceptar donaciones todos los que no estén especialmente incapacitados por la ley para ello
la revocacion
l artículo 648 del Código Civil dice que podrá ser revocada la donación, a instancia del donante, por causa de ingratitud en los casos siguientes: Si el donatario cometiere algún delito contra la persona, el honor o los bienes del donante.
clases de donacion
Donación pura: es aquella que se otorga en términos absolutos.
Donación condicional: es la que depende de un acontecimiento incierto.
Donación remuneratoria: es aquella que se hace en atención a servicios recibidos por el donante y este tiene acción legal para reclamarla
Donación con cargo o modo, donación modal: consiste en la imposición de gravámenes al donatario o a un tercero -estipulación a favor de terceros- como contra prestación a la donación