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MODOS DE ADQUIRIR UNA PROPIEDAD
DEFINICIÓN.- Con el transcurso del…
MODOS DE ADQUIRIR UNA PROPIEDAD
DEFINICIÓN.- Con el transcurso del tiempo se han presentado diversas formas de adquirir la propiedad, inclusive de acuerdo a las circunstancias de cada región y cada época. Existiendo actualmente en normativa civil la clasificación precisa de las formas de adquirir la propiedad, las mismas que serán motivo de estudio en los siguientes temas, pero también es necesario saber la clasificación doctrinal de esos modos de adquirir la propiedad, como sigue a continuación.
**CLASIFICACIÓN DOCTRINAL DE LOS MODOS DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD
La propiedad se la adquiere de las siguientes formas:
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a) Por su constitución
Originarios: Cuando supone la creación del derecho de propiedad a favor del titular, es decir se crea un derecho que no existía antes. Ej. La ocupación que se hace de una res nullius.
· Decorativos.- Se presenta cuanto el derecho de propiedad es consecuencia de la transmisión de un derecho de una persona a otra, por tanto no hay creación, solamente transferencia. Ej. Compra venta
b) Por su extensión accesoria:
· A titulo particular.- Se presenta cuando se adquiere un bien determinado como consecuencia de una sucesión. Ej. Una casa
· A titulo universal.- Cuando la transmisión afecta a la totalidad del patrimonio del causante o a una parte que corresponde a las partes en las proporciones que les corresponde por ley.
c) Por su carácter:
· Gratuitos.- Cuando el derecho a la propiedad es producto de un acto de liberalidad, es decir no existe lucro.
· Onerosos.- Se presenta cuando se adquirió el derecho a la propiedad a cambio de dinero o algo evaluable económicamente
d) En cuanto al tiempo:
· Intervivos.- Cuando la propiedad se la adquiere entre vivos, ej. Compra venta.
· Mortis causa.- cuando la propiedad se adquiere después del fallecimiento del causante por causa de una sucesión legal o testamentaria
e) Por su forma:
· Voluntarios.- cuando la propiedad se la adquiere por voluntad del interesado.
· Involuntarios,. Se adquiere la propiedad aun cuando no haya existido la voluntad del beneficiado como es el caso de los legatarios.
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