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OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR Y DEL TRABAJADOR - Coggle Diagram
OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR Y DEL TRABAJADOR
Obligaciones del Empleador
De acuerdo al art. 42 del Código de Trabajo, las obligaciones son:
1.
Pagar al trabajador la cantidad correspondiente acordada en el contrato.
6.
Establecer almacenes de artículos de primera necesidad.
7.
Llevar un registro sobre los trabajadores.
8.
Proporcionar a los trabajadores instrumentos y materiales necesarios para la ejecución del trabajo.
9.
Conceder a los trabajadores el tiempo necesario para sufragar.
10.
Conceder a las trabajadoras víctimas de violencia, el tiempo para tramitar medidas administrativas o judiciales.
11.
Permitir a los trabajadores faltar para desempeñar comisiones de la asociación.
12.
Sujetarse al reglamento interno legalmente aprobado.
13.
Tratar a los trabajadores con la debida consideración.
14.
Conferir gratuitamente al trabajador certificados relativos a su trabajo.
15.
Atender las reclamaciones de los trabajadores.
16.
Proporcionar lugar seguro para guardar los instrumentos y útiles de trabajo pertenecientes al trabajador.
17.
Facilitar la inspección y vigilancia que las autoridades practiquen en los locales de trabajo.
18.
Pagar al trabajador la remuneración correspondiente al tiempo perdido cuando se vea imposibilitado de trabajar por culpa del empleador.
19.
Pagar al trabajador el 50% de la RBU, cuando no tenga derecho al IESS.
23.
Entregar a la asociación a la cual pertenezca el trabajador multado, el 50% de las multas.
24.
Si cuenta con cien o más trabajadores está obligada a contratar los servicios de un trabajador social titulado.
25.
Pagar al trabajador reemplazante una remuneración no inferior a la básica al que remplaza.
27.
Conceder permiso hasta de un año y con derecho a remuneración hasta por seis meses al trabajador que obtuviere una beca para estudios en el extranjero, teniendo más 5 años de laboral.
29.
Suministrar cada año, de forma gratuita, por lo menos un vestido adecuado para el trabajo a quienes presten sus servicios.
31.
Inscribir a los trabajadores en el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.
33.
Si cuenta con un número mínimo de 25 trabajadores está obligado a contratar, al menos, a una persona con discapacidad, en labores permanentes.
34.
Contratar un porcentaje mínimo de trabajadoras.
35.
Se harán las adaptaciones a los puestos de trabajo de conformidad con las disposiciones de la Ley de Discapacidades, para las personas con discapacidad al empleo.
2.
Instalar los lugares de trabajo adecuados.
3.
Indemnizar a los trabajadores por los accidentes que sufrieren en el trabajo.
4.
Establecer comedores en la empresa..
5.
Establecer escuelas en beneficio de los hijos de los trabajadores,
20.
Proporcionar a las asociaciones de trabajadores, si lo solicitaren, un local.
21.
Descontar de las remuneraciones cuotas.
22.
Pagar al trabajador los gastos de ida y vuelta, por razones del servicio, tenga que trasladarse a un lugar distinto.
26.
Acordar el procedimiento de quejas y la constitución del comité obrero patronal.
28.
Facilitar la propaganda interna en pro de la asociación en los sitios de trabajo.
30.
Conceder tres días de licencia con remuneración completa al trabajador, en caso de fallecimiento de algún familiar.
32.
Si están registradas en el IESS están obligadas a exhibir las planillas mensuales de los pagos de lo beneficios que ofrece la empresa.
36.
Implementar programas de capacitación y políticas orientadas a identificar las distintas modalidades del acoso laboral.
Prohibiciones al Trabajador
De acuerdo al art. 46 del Código de Trabajo, las prohibiciones son:
1.
Poner en peligro su propia seguridad, y de las demás personas.
2.
Tomar sin permiso del empleador, útiles de trabajo materia prima o artículos elaborados.
3.
Presentarse en estado de embriaguez .
4.
Portar armas durante las horas de trabajo, a no ser con permiso de la autoridad respectiva.
5.
Hacer colectas en el lugar de trabajo.
6.
Usar los útiles suministrados por el empleador en objetos distintos del trabajo a que están destinados.
7.
Hacer competencia al empleador.
8.
Suspender el trabajo, salvo el caso de huelga.
10
El cometimiento de actos de acoso laboral.
9.
Abandonar el trabajo sin causa legal.
Derechos de los trabajadores llamados al servicio militar obligatorio
Las personas jurídicas de derecho público, las de derecho privado con finalidad social o pública y los empleadores en general, están obligados:
1.
A conservar los cargos orgánicos y puestos de trabajo en favor de sus trabajadores.
2.
A recibir al trabajador en el mismo cargo que tenía al momento de ser llamado al servicio.
3.
A pagarle el sueldo o salario, según:
El segundo mes de ausencia al trabajo, el 50%.
El tercer mes de ausencia al trabajo, el 25%.
El primer mes de ausencia al trabajo, el 100%.
Prohibiciones al Empleador
De acuerdo al art. 44 del Código de Trabajo, las prohibiciones son:
2.
Retener más del 10% de la remuneración, por multas.
6.
Obligar al trabajador a retirarse.
7.
Imponer colectas o suscripciones entre los trabajadores.
8.
Hacer propaganda política o religiosa entre los trabajadores.
3.
Exigir al trabajador que compre en tiendas determinadas.
4.
Aceptar del trabajador dinero como gratificación para que se le admita en el trabajo.
9.
Sancionar al trabajador con la suspensión del trabajo.
5.
Cobrar al trabajador interés.
10.
Inferir o conculcar el derecho al libre desenvolvimiento de las actividades sindicales.
1.
Imponer multas que no estén previstas en el reglamento interno.
Obligaciones del Trabajador
De acuerdo al art. 45 del Código de Trabajo, las obligaciones son:
1.
Ejecutar el trabajo en los términos del contrato
2.
Restituir al empleador los materiales no usados..
3.
Trabajar, en casos de peligro o siniestro inminentes.
4.
Observar buena conducta durante el trabajo
5.
Cumplir las disposiciones del reglamento interno.
6.
Dar aviso al empleador cuando por causa justa faltare al trabajo.
7.
Comunicar al empleador los peligros de daños materiales que amenacen la vida de empleadores o trabajadores.
8.
Guardar escrupulosamente los secretos técnicos, comerciales o de fabricación de los productos.
9.
Sujetarse a las medidas preventivas e higiénicas