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:pencil2: "FORMAS DE CONTRATACION". :pen:, Cualquiera que sea su…
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Cualquiera que sea su forma o denominación, es aquel por virtud del cual una persona se obliga a prestar a otra un trabajo personal subordinado, :star:
Es el convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y uno o
varios patrones, o uno o varios sindicatos de patrones. :star:
Es el convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y varios patrones, o uno o varios sindicatos de patrones. :star:
El artículo 37 de la Ley Federal del Trabajo señala que una contratación por tiempo determinado puede únicamente estipularse cuando lo exige la naturaleza del trabajo que se va prestar o cuando tenga por objeto sustituir temporalmente a otro trabajador. :star:
En este caso, podrá establecerse un periodo de prueba, el cual no podrá exceder de 30 días, con el único fin de verificar que el trabajador cumple con los requisitos. :star:
La ley se indica que en el caso de los periodos de prueba que serán de 30 y de hasta 180 días, técnicos o de especialización, al término de este periodo, si el patrón decide no continuar la relación laboral. :star:
la Ley Federal del Trabajo y la compañía deberá estar atenta de no incurrir en ninguna de estas contrataciones ya que podrá hacerse acreedora a sanciones de tipo laboral. :star:
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COZUMEL, QUINTANAROO A LUNES 31 DE MAYO DEL 2021
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