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Recurso de queja - Coggle Diagram
Recurso de queja
Artículo 99 y 100. Presentación
Por escrito ante el órgano jurisdiccional que conozca del juicio de amparo
En casos de autoridad responsable, ante el órgano jurisdiccional que deba conocer o conoció del juicio sucedido
Expresión de agravios. Uso de copias para entregar a partes a menos que sea electrónico
Si no se cumple, se requiere, con plazo de tres días.
Artículo 97. Causales de procedencia
Vía indirecta (ante resoluciones)
Cuales decidan ante la condición en una suspensión de plano o provisional
Aquellas que abarquen sobre fianzas o contrafianzas
Las que determinen la situación de admisión en una demanda.
Sobre la personalidad en carácter de personería
Reclamación de daños y perjuicios
Gravedad de los hechos para partes
Exceso o defecto de la ejecución de acuerdos
Cumplimiento sustituto de sentencia
Vía directa (tratándose de autoridad responsable)
No provee sobre requisitos legales de la demanda ni plazos u otros criterios
Contra resolución del incidente por reclamación
Omisión o error al tramitar demanda
Negación de libertad caucional
Articulo 102 y 103
Suspensión del procedimiento si resolución influye en la sentencia
Reposición
Artículo 101. Notificaciones
Órgano jurisdiccional notifica a partes interposición del recurso
Tres días, plazo de entrega de constancias. Si es electrónico, se envía expediente.
Informe materia de la queja
Constancias solicitadas
Copia de la resolución
Documentos que se estimen pertinentes
En el caso de autoridad responsable, debe mostrar la resolución original, así como informe materia y constancias pertinentes (si no se presenta, se asume verdadero todo lo ocurrido)
Se dicta resolución en máximo cuarenta días, o en cuarenta y ocho horas si es un asunto de urgencia.
Artículo 98. Plazo
Cinco días, a menos de que haya excepciones:
A) Dos días en suspensión de plano o provisional
B) Cualquier momento cuando se omita tramitar la demanda