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Ley de Cultura Física y Deporte - Coggle Diagram
Ley de Cultura Física y Deporte
Ley de Cultura Física y Deporte
capítulos
VI
artículos
52
CODE Jalisco podrá otorgar reconocimientos a la asociación deportiva estatal que cuente con más equipos o clubes deportivos afiliados
53
El CODE Jalisco estará a cargo de la selección de Equipos representativos del Estado
51
Términos del Registro Estatal estarán establecidos en la presente ley
54
Los organismos adscritos deberán presentar el servicio médico correspondiente
VII
artículos
55
Derechos de los deportistas
II
Asociarse para la practica de sus derechos
III
Recibir facilidades para su incorporación y promoción en diversos niveles y modalidades del Sistema de Educación
I
Practicar el o los deportes de su elección
IV
Recibir asistencia y entrenamientos en competencias oficiales solo en caso de ser seleccionados estatales
V
Participar responsablemente en competencias o juegos en el marco del Sistema Estatal
VI
Utilizar de manera adecuada los accesos a instalaciones deportivas
VII
Participar en consultas públicas para la elaboración del programa estatal
VIII
Ejercer su derecho al voto en el seno de la asociación en la que se encuentre
IX
Desempeñar cargos directivos, mientras hayan sido elegidos en las asambleas de sus clubes
X
Solicitar becas, premios, reconocimientos y recompensas en dinero o en especie
XI
La demás leyes y reglamentos que apliquen en ellos
57
El CODE Jalisco deberá estar a cargo de todos los deportistas que cuente adscritos
58
El CODE Jalisco establecerá los criterios del artículo anterior
56
Son obligaciones de los deportistas
III
En caso de tener apoyo como becas, acudir a competencias a la que sea requerido
IV
Comunicar por escrito cuando quiera ser parte de un club o equipo profesional en caso de ser menor de 18 años
II
Cumplir el reglamento de su deporte
V
Representar su municipio, estado o país en donde sea requerido
I
Desempeñar eficazmente sus actividades como ejemplo para la niñez, la juventud y la sociedad jalisciense
VI
Asistir a reuniones o premiaciones a las que sea convocado
VII
Cuidar y mantener las instalaciones en donde practique su deporte
VIII
Fomentar la practica del deporte
IX
Las demás que sean señaladas en la presente ley
V
artículos
47
Objetivos de los municipios integrados al sistema estatal
VI
Promoción del talento deportivo municipal
VII
Gestionar representantes deportivos municipales para la participación de competencias regionales y estatales
V
Organizar actividades de cultura física y deporte en colonias y barrios mediante torneos, ligas, etc.
VIII
Asignar los recursos para el punto anterior
IV
Promoción del deporte adaptado, para personas de la tercera edad, infantes y grupos vulnerables
IX
Determinación de necesidades en materia deportiva y crear medios para resolverlas
III
Promoción de la creación de organismos locales para la promoción de la cultura física y deporte
X
Otorgar estímulos y apoyos para el desarrollo del deporte
II
Coadyuvar, organizar y coordinar actividades de cultura física y deporte
XI
Otras disposiciones jurídicas aplicables
I
Integración del Registro Estatal de Cultura Física y Deporte
48
Creación de organismos municipales para el fomento a la cultura física y deporte
46
Difusión del Estado y municipios del derecho al acceso a una vida sana por medio de la cultura física y el deporte
49
Facilitación de instalaciones deportivas y garantizar utilización de las mismas
45
Participación de los municipios en sistema estatal
50
Los ayuntamientos estarán a cargo de las adecuaciones y mejoras necesarias de las instalaciones deportivas
VIII
artículos
61
El CODE Jalisco promoverá la enseñanza dey práctica de actividades en cultura física y deporte
62
El CODE Jalisco diseñará el desarrollo e investigación en el ámbito de medicina del deporte
60
El CODE Jalisco promoverá posgrados, talleres, etc con colaboración de instituciones públicas o privadas
63
El CODE Jalisco promoverá programas de prevención de enfermedades y de estilos de vidas saludables
64
El CODE Jalisco promoverá que los profesionales que impartan las ciencias aplicadas al deporte cumplan con los requisitos del presente reglamento
59
El CODE Jalisco promoverá la investigación para la aplicación del conocimiento científico
65
El CODE Jalisco promoverá la capacitación y la difusión para el control antidopaje
Reglamento de Cultura Física y Deporte
capítulos
VI
artículos
29
Integración de organismos deportivos al sistema estatal
Para las asociaciones deportivas
Exhibir copias de las actas
Registro federal de contribuyentes
Estar inscritas al registro estatal
Reconocimiento de la federación nacional
Cumplir con los estatutos
Los organismos estudiantiles y asociaciones civiles sin fines de lucro
Serán integradas por medio de convenios con la CONADE y el CODE Jalisco
VII
artículos
32
Prerrogativas de técnicos, profesionales y jueces
Formar parte del cuerpo técnico de algunas de las selecciones del Estado
Establecer convenios y coordinación con CODE Jalisco
Desempeñar su función colaborando con otros equipos
Recibir apoyos
Organizarse en asociaciones civiles
Representar a los municipios del Estado
33
Obligaciones de jueces, profesionales y técnicos
Participar en su función promoviendo la practica del deporte
Cumplir ordenamientos de las Federaciones Nacionales
31
Obligaciones de los deportistas
Participar en el deporte fomentando la practica del mismo
Cumplir con los ordenamientos del sistema nacional de cultura física y deporte
30
Derechos de los deportistas
Recibir asistencia medica para desempeñar su función como seleccionado
Recibir becas y estímulos económicos o de especie
Representar a Jalisco como seleccionado
V
artículos
26
Objetivos de los municipios integrados al sistema estatal
Integración de ligas, instalaciones programas al registro estatal
Coadyuvar, organizar, coordinar y autorizar actividades de cultura física y deporte
Promover la creación de apoyos a organismos integrados al sistema estatal
Las demás otorgadas por otras leyes
27
Los municipios podrán hacer sus propios reglamentos conforme lo indique el presente reglamento
25
Las ligas, clubes deportivos, etc podrán integrarse al sistema estatal
28
Los apoyos otorgados por el CODE serán de acuerdo al cumplimiento del programa estatal
24
Incorporación de los municipios al sistema estatal
VIII
artículos
34
La formación, capacitación y certificación de los deportistas en el Estado será coordinada por el CODE Jalisco
35
La investigación en el ámbito de cultura física y deporte será promovida por el CODE Jalisco