Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
DOCUMENTOS MÈDICO LEGALES - Coggle Diagram
DOCUMENTOS MÈDICO LEGALES
HISTORIA CLÌNICA
Componente fundamental de la relación Equipo de Salud - Paciente
Registro obligatorio de las condiciones de salud y datos relativos al estado medico de una persona
Información de atención preventiva, curativa y rehabilitación
Única dentro de la institución
TODOS datos sobre la salud de una persona
PERMITE
Identificación y cuantificación de problemas de salud
Identificar la eficacia de los recursos, decisiones y acciones
Evaluar problemas y el impacto de los mismos
DEBE TENER
Unidad
Uniformidad
ESTRUCTURA
Tradicional
Orientada a probemas
OBJETIVOS Y USOS
Administrativo
Usa: registro diaria de consulta, registro de egreso hospitalario
Fuente de datos
Evaluación
Control
Evaluación
Asistencial
Ayuda memoria
Comunicación entre los miembros del equipo de salud
Investigativo
Clínicas, epidemiológicas, operativas
Link Title
Sociial
Ejercicios de prevención en salud familiar y de la
comunidad
Control de calidad
Facilita y controla la eficiencia de los recurso, decisiones y acciones sobre el paciente.
Docente
Ayuda de la educación continuada
de los profesionales médicos
Médico legal
Instituciones, el médico y el equipo de salud, están expuestos a acciones judiciales
Registro de las víctimas de lesiones violentas
Información fidedigna
y veraz
Legislación vigente
Rendir informes relacionados con
accidentes, violencias y otros hechos
MARCO JUÌDICO
“La historia clínica es el registro obligatorio…”
Elaboración no es opcional
Debe ser
Legible
Organizado
Coherente
MALA ELABORACION
Puede pensarse en que el médico actuó de manera negligente
Articulo 36 Ley 23 de 1981:
La historia clínica debe diligenciarse con claridad
Cambio de medico-->obligatoria entregarla con sus anexos
“De las condiciones de salud del paciente”
No solo se registra si existe enfermedad
Contiene información preventiva o de rehabilitación
No se debe escribir comentarios que
entreveren errore diagnosticos o terapeuticos
Falta de preparación del colega
“Es un documento privado, sometido a reserva, que únicamente puede ser conocido por terceros, previa autorización de la paciente o en los casos previstos por la ley”
Privado
Todo el personal que lo tenga al alcance es responsable
Integridad
Exactitud
Guarda
Artículo 23 de Decreto Reglamentario 3380/81
El compartir la HC entre doctores de una misma institución --> No es violentar
Para dirigirlo a otras especialidades--> Tiene consideraciones
Art. 221 C:P
Falsificación
Prisión de 1 a 6 años
Art.224 C:P
Destruir, suprimir u ocultar
La HC no puede ser entregada a cualquier persona, necesita autorización del paciente
Excepto:
A los familiares del enfermo
Autoridades judiciales, higiene o salud
Al enfermo
A los interesado, cuando se ponga en peligro a terceros
Art.·37
Secreto médico
Art.39
El medico velara por el secreto médico de sus auxiliares
CONSENTIMIENTO INFORMADO
Consentimiento
Declaración de voluntad sobre un objeto
Debe ser exento de:
Vicio
Dolo
Fuerza
Error
Tiene fines específicos
Procedimiento no invasivo
Procedimientos no quirurgicos
Tratamiento farmacológico
Cirugía estetica
Tratamiento no convencional heroico
Experimentación
Donante de organos
Ejercicio medico
Capacidad técnica del medico
Consentimiento del paciente
AUTONOMIA
PARAMETROS PARA SU VALIDEZ
No a incapaces mentales (dementos, sordomudos, etc)
Debe ser por libertad no a la fuerza
Se otorga solo a mayores de edad
Concordancia entre lo querido y acordado
Art.14 La ley 23
No intervenir quirúrgicamente a menores de edad o inconscientes
Si--> Autorización de los padres
CASOS DE FUERZA MAYOR
De extrema urgencia
Vida de una persona se encuentra en peligro
Imprevistos
Art.15 La ley 23
No exponer al paciente a riesgos injustificados
ACTA DE CONSENTIMIENTO
Objetivo
Proteger la autonomia del paciente
CONDICIONES
Persona mayor de edad
No de personas incompetentes mentales
Dcision personal e individual
No consentimiento adicional de familia
SI--> enfermo grave
Revelación del secreto profesional
Al enfermo
Responsables del enfermo
Interesados -->Riesgo de vida de tercero
Familiares
CERTIFICADO MEDICO
OBJETIVO
Dejar constancia de cuatro eventos, resultado de una actividad médica
Tratamiento preescrito
Nacimiento
Estado de salud del paciente y condiciones
Fallecimiento
Genera al medico
Responsabilidad moral
Responsabilidad legal
Responsabilidad social
Condiciones básicas
Claro
Preciso
Ceñido estrictamente a la verdad
Describir los fines de emisión
Estructura
Documento de identificación
Fecha de expedición
Nombre
Resumen de hallazgo positivos
Diagnóstico
Mención por solicitud de destino
Fines
Firma
Numero de registro médico
RECETA MÈDICA
Art. 33 Ley 23
Se hara por escrito conforme a las leyes vigentes
Art.34 Ley 23
No puede recibir beneficios de farmacias o instituciones
Parte de la Norma de Atención
Concordancia entre el diagnostico y la prescripción
Elemento de estudio sobre la responsabilidad médica
Condiciones
Siempre escrita
Fecha
Legible
Droga
Vía de administración
Periodicidad
Dosis
Recomendaciones
Presentación
PLACEBO
Pierde credibilidad
Exposición a riesgos innecesarios
Engaño -Mala relación medico paciene
Ausencia de comunicación
ETICO
"EFECTO PLACEBO"
Curar por via
Simbólica
Psicológica
Biológica
No dar si no hay un diagnostico definido
RECIBO POR HONORARIOS
Los honorarios deben estar de acuerdo con los
servicios prestados al paciente
FALTAS
Cobro exagerado
Remisiones a colegas
Cobro innecesario
No llamar a colega de ser necesario
Tarifas variables en relaciòn con la declaración
Métodos deshonestos para captar enfermos
LA INTERCOSULTA
Medicina moderna
Imposible realizarla solo
Grupos médicos: Buen ejercicio de medicina
Debe contener:
Motivo de interconsulta
Resumen clínico
Servicio profesional o especialidad de interconsulta
Firma
Información general del paciente
Registro del solicitante
JUNTA MEDICA
Interconsulta o asesoría medica solicitada por el medico tratante dependiendo de la patología
OBJETIVO
Bienestar del paciente