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Procedimiento para delitos menos graves - Coggle Diagram
Procedimiento para delitos menos graves
1. Inicio
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Presentación de la acusación fiscal
Presentación de la querella de la víctima o agraviado
2. Audiencia de conocimiento de cargos
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Realizar audiencia dentro de 10 días de presentada la acusación o querella
convocar al ofendido, acusador, imputado y su abogado
defensor
Desarrollo de la audiencia
El juez de paz concederá la palabra en el siguiente orden
Al fiscal
A la víctima o agraviado
Luego al acusado o a su defensor
Oídos los intervinientes el juez puede decidir
Abrir a juicio penal
Concederá nuevamente la palabra a las partes menos al imputado para ofrecer prueba que puede ser
Lícita
Legal
Pertinente
Ídonea
El Juez de Paz decidirá sobre las pruebas
Admisión
Rechazo
Señala hora y fecha para el debate oral y público
20 días después de admisión de la prueba
Desestimar la causa por
Inprocedencia
No constituir
delito
No tener la probabilidad de participación del
imputado en el mismo
Pruebas de la defensa
cuando así se pida en la audiencia serán comunicadas al juzgado por lo menos cinco días antes del juicio
serán puestas a disposición
Fiscal
Querellantes
Práctica de diligencia anticipadas
A solicitud de uno de los sujetos procesales
El Juez de Paz más cercano, podrá realizar las diligencias correspondientes
3. Audiencia de debate
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Sujetos procesales
Deben comparecer con sus respectivos medios de prueba al debate
Disposiciones
Identificación de la causa y advertencias preliminares por
parte del juez de paz
Alegatos de apertura de cada uno de los intervinientes al
debate
Reproducción de prueba mediante el examen directo y contraexamen de testigos y peritos
Alegatos finales de cada uno de los intervinientes al debate
Pronunciamiento relatado de la sentencia, inmediatamente de vertidos los alegados finales, en forma oral en la propia audiencia
Ministerio Público
Cuando se trate de conflictos entre particulares puede convertir la acción penal pública en privada
4. Efectos
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contra la sentencia
Apelación interpuesta por el Ministerio Público, acusado, defensor o querellante
Acción civil
No será discutida
podrá deducir nuevamente ante el
tribunal competente del orden civil
quienes fueron admitidos
como partes civiles podrán interponer el recurso de apelación
sólo en la medida en que la sentencia influya
sobre el resultado de una reclamación civil posterior