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TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL - Coggle Diagram
TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL
Es el máximo nivel del Órgano Electoral, posee jurisdicción nacional (Art. 206 CPE)
Compuesto por 7 miembros, al menos 2 serán de origen indígena originario campesino.
Durarán en sus funciones 6 años sin posibilidad a reelección
LEY 018
LEY DEL ORGANO
ELECTORAL PLURINACIONAL
ATRIBUCIONES DE REGISTRO CIVIL Y ELECTORAL
(Art 26)
El TSE tiene las atribuciones de:
Organización y administración del Servicio de Registro Cívico, del Padrón Electoral y del Registro Civil
REGIMEN DE DESIGNACION
Para la designación del vocales del TSE, se sujeta al régimen establecido en el art. 13 de la ley 018
REQUISITOS
Los requisitos para acceder al cargo de vocal del TSE, están establecidos en los arts. 2017 y 234 de la CPE y el art. 14 de la ley 018
ATRIBUCIONES DEL TSE
Organizar, dirigir, supervisar y ejecutar procesos electorales y revocatorias de mandato a nivel nacional, deptal., regional y municipal
Organizar, dirigir, supervisar y ejecutar referendos de alcance nal., así como procesos electorales, referendos y revocatorias de mandato ubicados en el exterior
Las funciones correspondientes respecto a los procesos electorales para la elección de Magistrados del TSJ y Tribunal Agroambiental
Encargarse de las elecciones de representantes del Estado y convocar a procesos electorales
Establecer las delimitaciones, números y ubicación de recintos y mesas electorales correspondientes según la geografía electoral y población. .
Regular y fiscalizar gastos de propaganda de organizaciones políticas y civiles, así como verificar todo lo correspondiente al tema
Asumir las atribuciones del Tribunales Electorales Deptales., cuando estos no puedan ejercerlas,
Entre otras atribuciones establecidas en el Art. 224 de la ley 018
CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO