Esta Norma Oficial Mexicana, dentro de la esfera de sus responsabilidades, es de aplicación obligatoria para los expedidores, fabricantes de envases y/o embalajes, y responsables de la construcción, reconstrucción o reacondicionamiento de los envases y/o embalajes, así como los envases y/o embalajes de socorro destinados al transporte de substancias, materiales y residuos peligrosos, que transitan por las vías generales de comunicación terrestre de jurisdicción federal.
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