La oralidad en virtud de sus principios de inmediación, concentración y publicidad, tiene una serie de implicaciones sobre el proceso que determinan no solo la forma en la que se desarrolla el proceso, sino a la forma de actuación de quienes intervienen en él, como el juez, los abogados, el demandante, el demandado, peritos, testigos y otras partes que son las personas físicas o morales involucradas en un proceso jurídico presentes ante un órgano jurisdiccional para resolver alguna controversia, a solicitarle que dé solemnidad a ciertos actos jurídicos, o para que dicte providencias respecto de otros. ODALYS FAJARDO