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La Constitución de 1906 y los derechos ciudadanos y La Constitución de…
La Constitución de 1906
y los derechos ciudadanos y La Constitución de 1978
y los derechos ciudadanos
Los impuestos se establecen con base en los ingresos de los contribuyentes. Se eliminan los privilegios personales y los empleos hereditarios
El Estado se posiciona como el garante de los derechos. Se asigna parte de la responsabilidad de la educación pública a las municipalidades, quienes la brindarán de forma gratuita y laica. La educación primaria es obligatoria
Derechos que se reconocen en la Constitución
de 1906
A la vida y se abole la pena de muerte.
A la inocencia y a la reputación.
A la libertad de conciencia.
A la propiedad.
A la libertad personal.
A no ser detenido.
A transitar libremente por el territorio.
Inviolabilidad del domicilio.
Inviolabilidad de la correspondencia
Los conservadores la llamaron Constitución atea, pues supuso un duro golpe cuando se estableció la separación entre la Iglesia y el Estado, y se puso límites a la explotación de los indígenas por los terratenientes
Fue relevante en esta Constitución establecer la segunda vuelta electoral, en caso de que un candidato no tuviera la mayoría absoluta de votos.
El Estado asume la función primordial de garantizar los derechos fundamentales y promover el progreso económico, social y cultural de la población.
Para fines de los años 70, en el Ecuador se dio el ‘boom petrolero’, articulando la economía ecuatoriana al mercado mundial como exportadora de petróleo.
Esta Constitución sentó las bases de un Estado democrático, incluyente y con ciertos rasgos nacionalistas. En materia de derechos se reconoce al pueblo como el soberano, y ejerce dicha soberanía
Los derechos son organizados con base en: los derechos de la persona, de la familia, de la educación y cultura, de la seguridad y promoción popular, del trabajo, y los derechos políticos.
El Estado garantiza el ejercicio del trabajo, que es un derecho y un deber social. La ley asegura al trabajador el respeto a su dignidad, al salario digno; prohíbe todo tipo de explotación laboral que ponga en peligro el bienestar, la tranquilidad y la dignidad de la clase obrera.