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SISTEMA UNIVERSAL DE PROTECCIÓN DE DERECHOS HUMANOS7 - Coggle Diagram
SISTEMA UNIVERSAL DE PROTECCIÓN DE DERECHOS HUMANOS
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En 1945 la Carta de la Organización de Naciones Unidas (ONU) proclama la dignidad de la persona y el respeto a los derechos humanos, constituyéndose éste en uno de los propósitos de la ONU. Esto significó la transformación del Derecho internacional clásico, concebido por y para Estados.
EL SISTEMA UNIVERSAL
El Sistema Universal de Protección de los Derechos Humanos nace en el seno de la ONU, de la que son miembros casi todos los Estados del mundo. Este sistema consiste en un conjunto de mecanismos orientados a proteger los derechos de todas las personas. El término “universal” procede de la Declaración Universal de los Derechos Humanos e indica que estos derechos son propios de todas las personas por igual.
La ONU, actualmente se encuentra integrada por 193 miembros.
La ONU fue creada el 24 de octubre de 1945, con la adopción de la Carta de las Naciones Unidas, ratificada por 50 Estados y aprobada durante la Conferencia de las Naciones Unidas en la ciudad de San Francisco (EEUU).
La DUDH reconoce 30 derechos, tanto civiles y políticos, como económicos, sociales y culturales. Además reconoce el principio de la no discriminación en el disfrute de los mismos, pero no establece ningún mecanismo específico de reclamo en el caso de que un Estado no cumpla con lo que ella estipula.
COMPOSICIÓN DE LA ONU
Según lo establecido en la Carta de las Naciones Unidas, la ONU está formada por seis órganos principales.
LA ASAMBLEA GENERAL
Integrada por los 193 Estados miembros de la ONU, es el principal órgano deliberativo, de formulación de políticas y representativo de las Naciones Unidas.
EL CONSEJO DE SEGURIDAD
Está formado por 15 Estados miembros: 5 permanentes, de acuerdo con lo establecido en la Carta y 10 electos cada dos años con un criterio de equidad en la representación regional.
EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN FIDUCIARIA
Este órgano, de acuerdo con la Carta de la ONU, estaba constituido por los 5 miembros permanentes del Consejo de Seguridad. Actualmente el CAF se encuentra inactivo dado que todos los territorios en fideicomiso han alcanzado ese objetivo, pero puede reunirse si lo considera necesario.
LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA
La contenciosa y la consultiva.
La contenciosa
La función contenciosa la CIJ busca resolver litigios por controversias jurídicas entre los Estados parte o por cualquiera de los asuntos previstos en la Carta de las Naciones Unidas o en tratados y convenciones vigentes.
La consultiva
La función consultiva, opina sobre cuestiones jurídicas formuladas por la Asamblea General, el Consejo de Seguridad u otros órganos de la ONU.
EL CONSEJO ECONÓMICO Y SOCIAL (ECOSOC)
El órgano que coordina la labor económica y social de la ONU y de las instituciones y organismos especializados que la integran. Puede iniciar estudios e informes sobre asuntos internacionales de carácter económico, social, cultural, educativo o sanitario o sobre otros temas conexos y dirigir recomendaciones al respecto a la Asamblea General.
LA SECRETARÍA
Entre sus funciones está el auxiliar a los principales órganos de la ONU administrando los programas y las políticas que éstos elaboran. Así, administra operaciones de mantenimiento de la paz, es mediadora en controversias internacionales.
EL SISTEMA CONVENCIONAL DE NACIONES UNIDAS
El sistema universal convencional está conformado por numerosas convenciones y órganos creados para vigilar el cumplimiento de los distintos tratados de derechos humanos celebrados. Estos órganos, llamados comités, son nueve
Estos comités están regularmente compuestos por 18 expertos, todos independientes en el ejercicio de sus funciones.
No todos los comités tienen las mismas funciones, sino que depende de lo que esté establecido en el convenio que vigilan, en un protocolo adicional o en sus normas internas.
SISTEMA DE INFORMES DE LOS ESTADOS PARTE
El mecanismo de examen de informes periódicos remitidos por los Estados parte de las distintas convenciones es una competencia de todos los comités.
Mediante este mecanismo de control los estados parte de los convenios envían informes periódicos a los comités, señalando las medidas (administrativas, legislativas,
judiciales) que han adoptado para la correcta implementación de las obligaciones establecidas, así como los progresos hechos en cuanto al respeto de estos derechos en su jurisdicción.
a. adopción de observaciones y recomendaciones generales
Las Observaciones Generales de los comités, lejos de contradecirse o repetir posiciones, se complementan de manera armónica. Así, por ejemplo, en relación con la prohibición de discriminación y la igualdad entre hombres y mujeres el CDH.
b. Investigaciones de oficio
Cuando los comités reciban información fiable que, a su juicio, parezca indicar que un Estado parte viene realizando una práctica grave o sistemática de violaciones de los derechos consagrados en los convenios, podrán abrir una investigación contra dicho Estado e invitarán a ese Estado a cooperar en el examen de la información, y a presentar observaciones respecto de la información recibida.
c. Atención de comunicaciones individuales
El objeto de la comunicación es obtener un dictamen u opinión del comité, en el que se pronuncie sobre si ha habido o no, violación de derechos, con el fin de obtener una reparación del Estado infractor.
d. Quejas interestatales
El procedimiento de quejas interestatales consiste en la remisión de una comunicación de un Estado Parte en la que alega que otro Estado parte no está cumpliendo con las obligaciones establecidas en el tratado respectivo.