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Marco normativo de seguridad y salud en el trabajo - Coggle Diagram
Marco normativo de seguridad y salud en el trabajo
Artículo 134
Fracciones II y X: observar las disposiciones contenidas en el reglamento y las normas oficiales mexicanas en materia de
Someterse a los reconocimientos médicos
Comprobar que no padecen alguna incapacidad o enfermedad de trabajo, contagiosa o incurable.
Salud y medio ambiente de trabajo
Seguridad
La seguridad y salud en el trabajo se encuentra regulada por
Ley Federal del Trabajo
Ley Federal sobre Metrología y Normalización
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo
Las normas oficiales mexicanas de la materia, entre otros ordenamientos.
Artículo 38
Fracción II, 40, fracción VII, y 43 al 47, la competencia de las dependencias para expedir las normas oficiales mexicanas relacionadas con sus atribuciones; la finalidad que tienen éstas de establecer
Seguridad e higiene en los puestos de trabajo
Proceso de elaboración
Condiciones de salud
Proceso de modificación y publicación.
Artículo 132
Fracción XVI, consigna la obligación del patrón de instalar y operar las fábricas, talleres, oficinas, locales y demás lugares en que deban ejecutarse las labores, de acuerdo con las disposiciones establecidas en el reglamento y las normas oficiales mexicanas en
Salud y medio ambiente de trabajo
Prevención de accidentes y enfermedades laborales
Materia de seguridad
En su fracción XVII, la obligación que tienen los patrones de cumplir el reglamento y las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, así como de disponer en todo tiempo de los medicamentos y materiales de curación indispensables para prestar oportuna y eficazmente los primeros auxilios.
Artículo 40
Fracción XI, para estudiar y ordenar las medidas de seguridad e higiene industriales para la protección de los trabajadores.
Artículo 123
Apartado “A”, fracción XV, de la Ley Suprema dispone que el patrono estará obligado a observar, de acuerdo con la naturaleza de su negociación, los preceptos legales sobre higiene y seguridad en las instalaciones de su establecimiento, y a adoptar las medidas adecuadas para prevenir accidentes en el uso de
Instrumentos
Materiales de trabajo
Máquinas
Organización del material
Artículo 512
Los reglamentos e instructivos que las autoridades laborales expiden, se fijarán las medidas necesarias para prevenir los riesgos de trabajo y lograr que el trabajo se preste en condiciones que aseguren la vida y la salud de los trabajadores.
Artículo 10
La facultad de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para expedir Normas con fundamento en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y su reglamento, la Ley Federal del Trabajo y el presente Reglamento, con el propósito de establecer evitar riesgos que:
Cambios adversos y sustanciales en el ambiente laboral
Afectar la seguridad o salud de los trabajadores
Pongan en peligro la vida, integridad física o salud de los trabajadores
Provocar daños a las instalaciones, maquinaria, equipos y materiales del centro de trabajo.
Normas oficiales mexicanas que emite la Secretaría del Trabajo y Previsión Social
Determinan las condiciones mínimas necesarias para la prevención de riesgos de trabajo y
Se caracterizan por que se destinan a la atención de factores de riesgo, a los que pueden estar expuestos los trabajadores.