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LOS RECURSOS DE IMPUGNACION**, La finalidad característica de la casación…
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La finalidad característica de la casación no es la obediencia a los preceptos individuales concretos sino que es el exacto conocimiento de la ley en su significado general.
Su objeto es determinar la correcta aplicación de la ley, no la apreciación de los hechos.
Es un medio de impugnación, a diferencia de la apelación que es un medio de gravamen vinculado al principio de la doble instancia.
El recurso de casación es un recurso extraordinario por cuanto procede solo contra determinadas sentencias y por los motivos taxativamente establecidas.
Dirigida a obtener la anulación de una sentencia, a diferencia de la apelación cuyo objeto es obtener un nuevo pronunciamiento.
El artículo 327 dice; a diferencia del artículo 272, que el Recurso de Invalidación procede contra sentencias ejecutorias, es decir; ejecutoriadas. Una sentencia ejecutoriada basada en Cosa Juzgada, que es impugnable puede ser revisada con posterioridad por un recurso extraordinario.
En el caso que se declare el Recurso de Invalidación con lugar, la nulidad que se declara es absoluta. Hay Recurso de Invalidación porque los errores que prevé o establece la sentencia invalidada va en contra de la misma institución de la Cosa Juzgada.
El Dr. La Roche dice que el Recurso de Invalidación no es el más expedito para obtener una respuesta rápida sobre el oficio de la sentencia, es mejor utilizar la Acción de Amparo contra sentencias.
El artículo 272 no es un recurso específico, aún cuando existen autores que dicen que se trata de recursos ordinarios porque el 327 dice que es contra sentencias ejecutorias, pero a su vez el 272 nos dice recursos en términos generales.
La Casación Es un medio de impugnación, a diferencia de la apelación que es un medio de gravamen vinculado al principio de la doble instancia.
Funciones del recurso de Casación:
Función atinente al interés particular.
Función monofliactica.
Función de uniformidad de la jurisprudencia.
APELACION
Es una garantía al principio de la doble instancia, considerada como de derecho humano, según el cual toda decisión judicial debe estar sujeta a una instancia superior
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LA REFORMATIO IMPERIUS
Es el principio que rige la apelación.
Opera cuando pudiendo apelar ambas partes sólo una de ellas lo hace. El Juez no podrá desmejorar la condición jurídica de una de las partes. 
Casación es un recurso extraordinario de impugnación dirigido a establecer la nulidad de una decisión judicial contraía a derecho.
Código Procedimiento Civil Artículo 288.
De toda la sentencia definitiva dictada en primera instancia se da apelación, salvo disposición especial en contrario.
Código Procedimiento Civil Artículo 289.
De las sentencias interlocutorias se admitirá apelación solamente cuando produzcan gravamen irreparable.
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APELACION: Es un recurso que interpone alguna de las partes, ante un tribunal superior al que dictó la decisión en primera instancia para que éste, anule, reforme o revoque una sentencia total o parcialmente desfavorable.
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Los medios de impugnación son recursos de defensa que tienen las partes, para oponerse a una decisión de una autoridad judicial, pidiendo que esa misma autoridad la revoque o que sea un superior jerárquico que tome la decisión dependiendo del recurso del que se haga uso.
Lapso Académico 2021-3
Lizbeth Ruiz CJP-181-00587I
Profesor: Abg. Antonio José Chadd Badra
Barquisimeto, noviembre 2021
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El recurso de Invalidación es un recurso extraordinario, que persigue revisar las sentencias definitivamente firmes o ejecutoriadas, con la finalidad de reparar errores procesales o de hecho ocurridos en esa sentencia, en la declaración dictada por el Juez, son vicios procesales o de hecho.
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La jurisprudencia ha sostenido que el Acto Jurídico de Impugnar es un derecho de naturaleza constitucional instituido en favor de las partes, que se inicia a partir del ejercicio de la acción de tutela y que, para interponer el recurso, se realiza dentro del término que nace al momento de ser notificado por escrito con el fallo o decisión del juzgador, con el objetivo de acceder a la siguiente instancia.
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