:check:Artículo 23. SON PERSONAS MORALES:
I.- LA NACION, LOS ESTADOS Y LOS MUNICIPIOS;
II.- LAS DEMAS CORPORACIONES DE CARACTER PUBLICO RECONOCIDAS POR LA LEY;
III.- LAS SOCIEDADES CIVILES Y MERCANTILES;
IV.- LOS SINDICATOS, LAS ASOCIACIONES PROFESIONALES Y LAS DEMAS A QUE SE REFIERE LA FRACCION XVI DEL ARTICULO 123 LE (SIC) LA CONSTITUCION FEDERAL;
V.- LAS SOCIEDADES COOPERATIVAS Y MUTUALISTAS;
VI.- LAS ASOCIACIONES DISTINTAS DE LAS ENUMERADAS QUE SE PROPONGAN FINES POLITICOS, CIENTIFICOS, ARTISTICOS, DE RECREO O CUALQUIERA OTRO FIN LICITO, SIEMPRE QUE NO FUERAN DESCONOCIDOS POR LA LEY.