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Juicio oral mercantil - Coggle Diagram
Juicio oral mercantil
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Pruebas
Prueba confesional: El oferente de la prueba puede pedir que la contraparte se presente a declarar en la audiencia
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Prueba instrumental pública: Los registros del juicio oral son instrumentos públicos, hacen prueba plena y acreditan el modo en que se desarrollo la audiencia
Prueba pericial: Si se ofrece en la demanda, al presentar su contestación la contraparte debe designar perito de su parte
Pruebas supervenientes; Cuando alguna de las partes tenga conocimiento de una prueba documental superveniente, debe ofrecerla antes de que concluya la audiencia de juicio
Incidentes
Aquellos que no tengan tramitación especial solo pueden promoverse oralmente en las audiencias y no las suspenden. La parte contraria debe contestar el incidente de manera oral en la audiencia, y de no hacerlo se tendrá por precluido su derecho.
Es el proceso especial, con marcadas etapas para la exposición verbal, mediante el cual se resuelven de manera pronta y en derecho los asuntos con suerte principal, al entablarse la demanda, es inferior a $650,000.00
Deben observarse, los principios de oralidad, publicidad, igualdad, inmediación, contradicción, continuidad y concentración.
Generalidades de las audiencias
-Es obligación de las partes asistir a las audiencias por si o a través de legítimos representantes
-Las resoluciones judiciales deben ser notificadas en la misma
-Deben ser presididas por el juez, ser públicas y desarrollarse oralmente
-Deben registrarse por medios electrónicos.
Durante su desarrollo el juez debe:
-Determinar el inicio y la conclusión de cada una de las etapas de la audiencia recluyendo los derechos procesales que debieron ejercitarse en cada una de ellas.
-Ordenar la práctica de las pruebas.
-Dirigir el debate
-Moderar la discusión.
Audiencia preliminar
Sus objetivos son la depuración del procedimiento; la conciliación de las partes por conducto del juez; la fijación de acuerdos sobre hechos no controvertidos; la fijación de acuerdos probatorios; la admisión de pruebas, y la citación para audiencia de juicio.
Audiencia de juicio
-Una vez abierta la audiencia, debe procederse al desahogo de las pruebas.
-Sólo debe concederse el uso de la palabra, por una vez a cada una de las partes por un máximo de 15 minutos para formular sus alegatos.
-En seguida, debe declararse el asunto visto y citar a las partes para la continuación de la audiencia dentro del término de 10 días siguientes, en la que se dicte la sentencia correspondiente.