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Medios impugnativos - Coggle Diagram
Medios impugnativos
Conjunto de instrumentos jurídicos a través de los cuales personas con interés legítimo se inconforman contra una actuación que les perjudica, emitida dentro del proceso, interponiéndolo antes de que la resolución sea considerada firme o inimpugnable.
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Apelación
Es el medio impugnativo ordinario a través del cual una de las partes o ambas (apelante) solicita que un tribunal de segundo grado examine una resolución dictada dentro del proceso por el juez que conoce de la primera instancia, expresando sus inconformidades (agravios).
Personas facultadas
El condenado, si creyere haber recibido un agravio.
El vencedor, cuando no obtuvo la restitución de frutos,
El vencedor, que puede adherirse a la apelación interpuesta por su contrario
El tercero con interés legítimo.
Interposición
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Debe de realizarse dentro de 9 días hábiles siguientes a aquel en que surta efectos la notificación de la resolución, si se trata de sentencia definitiva; dentro de los 6 si se refiere a auto de tramitación inmediata y 3 si se trata de auto tramitación conjunta con la definitiva.
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Revocación
Medio de impugnación ordinario a través del cual las partes o los terceros interesados se inconforman en contra de los autos que no admite el recurso de apelación y en contra de los decretos judiciales dictados por el juez, a efecto de que el tribunal que los emitió los deje sin efecto o modifique.
Se puede interponer en contra de los autos dictados por el juez de primera instancia que no admiten recurso de apelación y en contra de los decretos judiciales.
Trámite
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El Escrito donde se interpone el recurso debe contener los agravios que causa la resolución impugnada.
Una vez interpuesto el recurso, el tribunal deberá hacerle saber el hecho y los agravios a la contraria, para que dentro de los 3 días siguientes pueda manifestar lo que a su derecho convenga.
Reposición
Medio de impugnación ordinario a través del cual las partes se inconforman de los autos y decretos judiciales dictados en segunda instancia, a efecto de que el mismo tribunal de alzada los deje sin efecto o los modifique.
Procedencia
la reposición puede interponerse en contra de todos los autos y los decretos dictados en la segunda instancia.
Aclaración de sentencia
Medio de impugnación ordinario a través del cual se solicita al tribunal que dictó una sentencia definitiva que dilucide las palabras contradictorias, ambiguas u oscuras, sin variar su sustancia.
Trámite
Se promueve ante el tribunal que dictó la resolución, dentro de los tres días siguientes de haberse notificado.
En el escrito donde se solicita debe expresarse la contradicción, cuya aclaración se solicita.
El tribunal ha de resolver lo que estime procedente dentro de los tres días siguientes.
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