Please enable JavaScript.
Coggle requires JavaScript to display documents.
Conflicto entre normas, 3) En tercer caso: normas estatales o normas…
Conflicto entre normas
1- Noción antinomia
Sucede continuamente, cuando dos normas entran en conflicto, contrate, o incompatibilidad, esto es llamado generalmente “antinomias”.
Se da una antinomia cuando hay un caso es concreto, suceptible de dos diversas,y opuestas, soluciones.
-
-
2- Tipos de antinomias
1) Antinomia en abstracto
Estamos frente a una antinomia en abstracto, cuando dos normas conectan consecuencias jurídicas incompatibles a supuestos de hecho concretos.
2) Antinomia en concreto
Estamos frente a una antinomia en concreto cuando dos normas aun que no chocan en abstracto, conecten consecuencias jurídicas incompatibles aun mismo supuesto de hecho en concreto.
-
-
-
-
Si una norma prohíbe el aborto y otra permite el aborto terapéutico, la antinomia se reconstruye en abstracto.
-
-
3) En tercer caso: normas estatales o normas comunitarias, o mejor dicho europeas, este caso requiere un discurso independiente.
Hay que examinar dos posibles antinomias: 1- aquella entre norma comunitaria y ley 2- aquella entre norma comunitaria y constitución.
4) En cuarto caso: esta norma es peculiar, antinomia entre principios constitucionales, se trata de antinomia in concreto, una relación entre regla-excepción, cuya solución no es disciplinada por ninguna norma positiva.