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LA PRUEBA (D.Pro.Penal) - Coggle Diagram
LA PRUEBA (D.Pro.Penal)
Definición
pretende demostrar o comprobar la veracidad o falsedad de los enunciados contradictorios
deliberar cuál de los enunciados se aproxima más a la verdad
Etapas o actos procesales
Obteniene
PNP y Ministerio Público
Se presenta en etapa intermedia, por lo general. Excepcionalmente, en juicio oral
Plazo: desde formalización de la acusación – 10 días hábiles
Ofrece
de parte como abogado defensor, o Ministerio Público
principios
de aportación de parte
Admite
Etapa intermedia
filtros o requisitos
legalidad
pertinencia
sobreabundancia
juez de la etapa intermedia
Actúa
en juicio oral
Cuando no se admite la prueba en la etapa intermedia, puedo solicitar un reexamen de la prueba en el juicio oral
juez de juzgamiento
principios
publicidad
inmediación
contradicción
oralidad
Valora
el magistrado elmpj
para dotar de razonabilidad
se debe motivar a través de criterios objetivos
valoración individual de la prueba
criterios o análisis
fijar la información probatoria
juicio de verosimilitud
comparación entre el enunciado y la prueba que lo sustenta
viabilidad de la prueba
integrar los resultados obtenidos individualmente para hacer una valoración conjunta de la prueba
objetivo: buscar o aproximarnos lo más posible a la verdad
no se puede omitir la valoración de la pruebas (todas las pruebas deben ser valoradas: cargo y descargo)
Fundamentos y criterios de valoración
presunción de inocencia (2° 24) d CPP)
conciencia 283° C.Proc.Penales